

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica que garantiza la continuidad de las pensiones por viudez para los trabajadores del Estado. De esta manera, se evita que los apoyos económicos sean suspendidos si el beneficiario decide seguir trabajando.
Recientemente, el Pleno de la SCJN declaró inconstitucional el artículo 12 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones del ISSSTE (bajo el Régimen Décimo Transitorio). Esta normativa permitía la cancelación de la pensión por viudez a aquellas personas que trabajaran y cotizaran de forma simultánea en el mismo instituto.

La decisión se derivó del Amparo en Revisión 495/2022. En este caso, una ciudadana impugnó la suspensión de su pensión al considerar que se violaba su derecho a la seguridad social, protegido por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Conoce lo que se resolvió en la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. #LaCorteEnBreve pic.twitter.com/m9Y0EbULR6
— Suprema Corte (@SCJN) April 8, 2026
La Segunda Sala de la Corte determinó que un reglamento administrativo no puede condicionar un derecho constitucional ni limitar el acceso de una persona al mercado laboral para poder conservar su pensión.
Detalles del fallo de SCJN sobre pensión por viudez
Debido a que el Poder Ejecutivo no corrigió la norma en el plazo legal establecido, la SCJN procedió a expulsar definitivamente dicha disposición del orden jurídico mexicano. Esto significa que la protección ya no solo beneficia a quien promovió el amparo, sino que tiene efectos generales y no podrá aplicarse a ninguna persona en el futuro.
El máximo tribunal determinó que el derecho a la seguridad social exige coherencia con la protección constitucional de las pensiones. Por lo tanto, el hecho de que una persona trabaje y realice aportaciones de seguridad social no puede ser utilizado como motivo para privarla de la pensión por viudez que le corresponde por ley.
¿Cuánto le corresponde de pensión a una viuda en México?
La pensión por viudez es una prestación económica otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) a la pareja de un trabajador o pensionado fallecido. El objetivo de este beneficio es brindar seguridad financiera al cónyuge o concubino supérstite.
A partir de 2023, se eliminó el requisito que obligaba a los varones a demostrar una incapacidad para acceder a este derecho, igualando las condiciones para todos los géneros.
Requisitos de la Pensión por Viudez del IMSS
Para que el beneficio sea autorizado, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Relación Jurídica o de Hecho: es necesario presentar el acta de matrimonio. En caso de concubinato, se deben acreditar al menos 5 años de convivencia o la existencia de hijos en común.
- Historial de Cotización: el trabajador fallecido debía contar con un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el instituto correspondiente.
- Vigencia de Derechos: al momento del fallecimiento, el asegurado debía encontrarse en periodo de vigencia o de conservación de derechos.
- Excepción por Riesgo de Trabajo: si el deceso fue consecuencia de un accidente o enfermedad laboral, no se exige un número mínimo de semanas cotizadas.
Tienen derecho a solicitar esta prestación el esposo o esposa del asegurado; concubina o el concubino (en caso de que no exista un matrimonio previo); y personas que hayan suscrito una unión civil con el fallecido.















