

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que permiten al Estado revocar concesiones y autorizaciones. La decisión aplica a cualquier concesionario del sector, incluidas las grandes empresas de telecomunicaciones que operan en México.
De acuerdo con el comunicado No. 081/2026, la Suprema Corte “validó los artículos 303, fracción III, y 304 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, los cuales establecen “las causas de revocación de las concesiones y autorizaciones, así como la inhabilitación por cinco años cuando éstas hayan sido revocadas”.

En ese sentido, la Suprema Corte también determinó que dichas disposiciones “son compatibles con el derecho a la seguridad jurídica” previsto en la Constitución.
Según el comunicado, los procedimientos de revocación buscan garantizar “la adecuada prestación de actividades de interés público, como las telecomunicaciones y la radiodifusión”.

¿Por qué la Suprema Corte consideró constitucional esta medida?
La resolución señala que las telecomunicaciones y la radiodifusión son actividades de interés público sujetas a supervisión estatal. Por ello, el Gobierno cuenta con herramientas legales para vigilar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las concesiones otorgadas.
Según el comunicado, “el Estado tiene la obligación de proteger y supervisar dichas actividades para asegurar el cumplimiento de su función social”. Bajo este criterio, la revocación de concesiones puede aplicarse cuando se actualicen las causas previstas en la legislación vigente.
El caso que originó la decisión
El asunto surgió a partir de un juicio de amparo promovido por una empresa contra actos del entonces Instituto Federal de Telecomunicaciones. Entre las medidas impugnadas se encontraban la revocación de un permiso para operar un sistema de radiocomunicación privada y un crédito fiscal derivado del procedimiento.

¿Qué efectos tiene la resolución para los concesionarios?
La decisión del máximo tribunal no implica la cancelación automática de concesiones existentes. Sin embargo, confirma que las autoridades pueden aplicar las causales de revocación previstas en la ley cuando se acrediten los supuestos legales correspondientes.
La sentencia ratifica que una concesión o autorización revocada puede derivar en una inhabilitación de cinco años. La resolución corresponde al Amparo en Revisión 509/2025, resuelto por el Pleno de la Suprema Corte el 26 de mayo de 2026.
El panorama de Carlos Slim y sus negocios de telecomunicaciones ante el amparo de la Suprema Corte
Para Carlos Slim, considerado el empresario más influyente del sector de las telecomunicaciones en México a través de América Móvil y Telmex, la resolución de la Suprema Corte pone en claro la regulación bajo el cual operan sus compañías.
Aunque la decisión no está dirigida específicamente contra el magnate ni modifica sus concesiones actuales, confirma que el Estado puede revocar concesiones cuando se actualicen las causas previstas en la ley y, además, imponer una inhabilitación de cinco años.
Esto eleva la importancia del cumplimiento regulatorio para todos los participantes del mercado, incluidos los negocios vinculados a Carlos Slim, que dependen de concesiones y autorizaciones para prestar servicios de telecomunicaciones.















