Este es el calendario de trámites obligatorio del SAT que debes cumplir en septiembre
El SAT dio a conocer el calendario de los trámites obligatorios que deben cumplir los contribuyentes en México. Se trata de una gestión que debe realizarse en las oficinas, de forma presencial.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) le advirtió a los contribuyentes el cumplimiento obligatorio de los trámites fiscales. En esta línea, las autoridades dieron a conocer el calendario de procedimientos que las personas deben atender durante septiembre.
El calendario contribuyente del SAT es una herramienta fundamental para quienes tienen obligaciones fiscales en México, ya sean personas o empresas. Este documento oficial, publicado por el organismo, proporciona información detallada sobre las fechas límite para cumplir con diversos cumplimientos a lo largo del mes.
Checa los detalles y prepárate para evitar multas. Ten en cuenta que este llamado rige a nivel nacional, por lo que todos los mexicanos deberán prestar atención.
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¿Cuáles son los trámites obligatorio del SAT?
Para aquellos contribuyentes que tengan dudas sobre las gestiones obligatorias a cumplir en septiembre, a continuación se detalla el calendario proporcionado por el SAT, destacando las fechas clave del 12, 20 y 30 de este mes:
Hasta el 12 de septiembre
INTRASTAT - Estadística Comercio Intracomunitario
- Agosto 2024: Obligados a suministrar información estadística.
Hasta el 20 de septiembre
Renta y Sociedades
- Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios, determinadas ganancias patrimoniales, imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
- Agosto 2024: Grandes empresas.
IVA
- Julio y agosto 2024: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Impuesto sobre las Primas de Seguros
- Julio y agosto 2024.
Impuestos Especiales de Fabricación
- Junio 2024: Grandes empresas.
- Agosto 2024.
- Declaración de operaciones por destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados.
Impuesto Especial sobre la Electricidad
- Agosto 2024: Grandes empresas.
Impuestos Medioambientales
- Agosto 2024: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación.
- Año 2024: Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Segundo pago fraccionado.
Impuesto sobre las Transacciones Financieras
- Agosto 2024.
Gravamen Temporal Energético
- Declaración del ingreso de la prestación 2024.
Gravamen Temporal de Entidades de Crédito y Establecimientos Financieros de Crédito
- Declaración del ingreso de la prestación 2024.
Hasta el 30 de septiembre
IVA
- Año 2023: Solicitud de devolución del IVA soportado.
- Agosto 2024: Autoliquidación.
- Agosto 2024: Grupo de entidades, modelo individual.
- Agosto 2024: Grupo de entidades, modelo agregado.
- Agosto 2024: Ventanilla única - Régimen de importación.
- Agosto 2024: Operaciones asimiladas a las importaciones.
- Primer trimestre 2024: Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas por las fuerzas armadas de los Estados miembros de la UE.
Impuestos Medioambientales
- Julio y agosto 2024: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación de contabilidad y libro registro de existencias.
¿Cómo cumplir con los trámites fiscales del SAT?
Quienes necesiten realizar gestiones obligatorias ante el SAT y deban acudir a las oficinas, deben recordar agendar su cita previamente a través del sitio web oficial del organismo. Es fundamental conservar el número de confirmación asignado, ya que será útil en caso de necesitar consultar o cancelar la turno programado.
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¿Cuánto se le paga al SAT en México?
Según indican las autoridades, el monto del impuesto varía en función de los ingresos y el tipo de contribuyente, ya sea persona física o moral, y puede oscilar entre el 1% y el 35% mensual, de acuerdo con el SAT.
Por ejemplo, quienes durante 2023 tuvieron ingresos entre 0.01 y 8,952.49 pesos mexicanos no están obligados a pagar impuestos. A medida que los ingresos aumentan, también lo hacen las cuotas fijas a pagar, basadas en la tabla de tarifas para el cálculo del impuesto correspondiente al ejercicio fiscal de 2023.
La tabla establece los topes anuales de ingresos para determinar los pagos impositivos:
- Ingresos de 0.01 a 8,952.49 pesos: no se paga impuesto
- Ingresos de 8,952.50 a 75,984.55 pesos: paga 171.88 pesos
- Ingresos de 75,984.56 a 133,536.07 pesos: paga 4,461.94 pesos
- Ingresos de 133,536.08 a 155,229.80 pesos: paga 10,723.55 pesos
- Ingresos de 155,229.81 a 185,852.57 pesos: paga 14,194.54 pesos
- Ingresos de 185,852.58 a 374,837.88 pesos: paga 19,682.13 pesos
- Ingresos de 374,837.89 a 590,795.99 pesos: paga 60,049.40 pesos
- Ingresos de 590,796 a 1,127,926.84 pesos: paga 110,842.74 pesos
- Ingresos de 1,127,926.85 a 1,503,902.46 pesos: paga 271,981.99 pesos
- Ingresos de 1,503,902.47 a 4,511,707.37 pesos: paga 392,294.17 pesos
- Ingresos de 4,511,707.38 pesos o más: paga 1,414,947.85 pesos
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¿Cuándo me puede multar el SAT?
En septiembre, el SAT aplicará una multa de 20,000 pesos a quienes no realicen el trámite obligatorio de la DIOT, una obligación fiscal para personas físicas y morales en México que llevan a cabo actividades gravadas por el IVA.
Mediante la Declaración, los contribuyentes deben reportar las operaciones hechas con sus proveedores, incluyendo detalles sobre el IVA trasladado, retenido, acreditado y pagado.
Es importante resaltar que este trámite mensual obligatorio permite un mejor control fiscal, combate la evasión y contribuye a la elaboración de políticas fiscales, mejorando así los servicios tributarios.