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La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó el alcance de las facultades otorgadas a una nueva fiscalía especializada, particularmente en lo relativo al control de recursos financieros. El punto más sensible del caso fue la inmovilización de cuentas bancarias, una medida que suele generar preocupación entre los usuarios del sistema financiero.
En su resolución, el Máximo Tribunal examinó la validez de una reforma aprobada a nivel local que pretendía ampliar las herramientas de investigación en operaciones financieras sospechosas. Sin embargo, determinó que no todas las disposiciones podían sostenerse en los términos en que fueron aprobadas, al advertir posibles excesos frente al marco constitucional.
La decisión subraya que, si bien el combate a los delitos financieros requiere mecanismos eficaces, estos deben respetar los límites legales y las competencias establecidas, especialmente en materia federal.

Suprema Corte y cuentas bancarias: qué decidió el fallo sobre la inmovilización de fondos
La Suprema Corte decidió validar la creación de la Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera en Nuevo León, confirmando que el Congreso estaba facultado para modificar la legislación y establecer un órgano dedicado a la investigación de delitos relacionados con recursos de origen ilícito y delitos en el ámbito fiscal. El Tribunal estipuló que dichas funciones son de carácter ministerial y no interfieren en atribuciones administrativas del estado.
No obstante, el aspecto más significativo del fallo fue otro. La Suprema Corte resolvió que la autoridad asignada para inmovilizar cuentas bancarias a esta fiscalía era inconstitucional. El Tribunal reafirmó que dicha medida corresponde al ámbito federal, dado que forma parte de las providencias precautorias establecidas en la legislación nacional vigente en materia penal.
La resolución anuló el último párrafo del artículo 33 Bis, al considerar que invadía competencias que estaban reservadas al Congreso de la Unión. Además, esta decisión surtirá efectos retroactivos a partir del 13 de febrero de 2024, momento en el que entró en vigor el decreto.
Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera y cuentas bancarias: ¿cuál es el alcance real del fallo?
Pese a la invalidez parcial, la Suprema Corte confirmó que la Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera puede operar con normalidad dentro de sus funciones de investigación penal. El fallo también estableció que la reforma no vulnera facultades del Poder Ejecutivo estatal ni rompe principios de legalidad o seguridad jurídica.
Esto implica que el nuevo organismo podrá llevar a cabo la investigación de operaciones sospechosas y delitos financieros; sin embargo, no tendrá la autoridad para ordenar de manera autónoma el congelamiento de cuentas bancarias. Esta medida seguirá dependiendo del marco federal y de las autoridades competentes.












