Aumenta la jubilación un 35%: la buena noticia que reciben en julio todos estos jubilados y pensionados
Los adultos mayores que reciben mensualmente esta pensión verán una suba de sus ingresos para el próximo mes.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene buenas noticias para todos los adultos mayores y jubilados que se encuentran amparados por el organismo y reciben su pensión mensualmente.
Con el depósito de julio ya entregado y a la espera de que realicen el pago de agosto, los pensionados del IMSS que cumplan con ciertos requisitos tendrán la posibilidad de recibir un aumento de un 35% en sus ingresos.
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¿Qué se necesita para ser pensionado del IMSS?
Aquellos adultos mayores que busquen pensionarse a través del Instituto Mexicano del Seguro Social necesitarán encontrarse bajo determinadas condiciones:
- Edad: tener al menos 60 años para cesantía en edad avanzada o 65 años para vejez.
- Cotización: haber cotizado al IMSS un mínimo de semanas. Esto incluye 500 semanas antes del 1 de julio de 1997, o 1,250 semanas después.
- Conservación de derechos: estar dentro del periodo de conservación de derechos (una cuarta parte del tiempo cotizado al IMSS).
- Aportaciones al AFORE: tener una cuenta individual en una AFORE con las aportaciones correspondientes.
- Solicitud: presentar solicitud de pensión al IMSS con los documentos requeridos (identificación oficial, NSS, CURP, estado de cuenta del AFORE, etc.).
¿Cuál es el calendario de pagos que resta para 2024?
El pago de la pensión IMSS se realiza todos los primeros días hábiles de cada mes, por lo que quienes busquen saber cuál es la fecha de cobro para lo que resta del año tendrán que checar las siguientes fechas:
- Jueves 1 de agosto.
- Lunes 2 de septiembre.
- Miércoles 2 de octubre.
- Viernes 1 de noviembre.
- Lunes 2 de diciembre.
¿Qué hay que hacer para recibir un aumento del 35%?
Aquellos jubilados que verán incrementado el valor de su pensión a partir de una suba que alcanza los 35 puntos porcentuales son quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- No tener hijos.
- No tener cónyuge.
- No tener ascendiente directo.
- Los padres deben depender económicamente del pensionado, según los lineamientos de la institución.
- Estar bajo el régimen del 73 (aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997).
La excelente noticia para los pensionados del ISSSTE e IMSS
Además de los adultos mayores amparados por el IMSS, los jubilados del ISSSTE también han recibido buenas noticias para el corriente mes.
Los pensionados de ambas instituciones tendrán la posibilidad de ver acreditado en sus cuentas un incremento de sus ingresos que asciende hasta los 100 puntos porcentuales.
Quienes cuentan con esta ventaja son aquellos que han cotizado en el IMSS desde el 1 de julio de 1997 o en el ISSSTE desde 2007 bajo el régimen de cuentas individuales.
En este aspecto, los miembros de la población de edad más avanzada cuyo salario sea igual o menor a 16,777.68 pesos, tendrán la posibilidad de recibir una pensión equivalente al 100% de dicho salario.
En este sentido, para acceder al beneficio que ofrece el Fondo de Pensiones para el Bienestar, será necesario cumplir con una serie de requisitos, tales como:
- Tener 70 años o más en el caso del IMSS.
- Tener 75 años o más para el ISSSTE.
- No tener una relación laboral vigente.
- No haber cotizado en el último año.