Infracciones

Atención conductores: esto te podrían cobrar de multa si te estacionas frente a una casa

Esta es una de las infracciones más comunes entre automovilistas, por lo que es importante prestar atención para no tener que pagar.

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Estacionar en Ciudad de México se ha convertido en una odisea. Como en todas las grandes ciudades, el tránsito complica la circulación y los lugares para aparcar son cada vez más reducidos.

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Es normal que, al andar por el vecindario, los conductores se topen con letreros caseros de "Se ponchan llantas gratis" a modo de advertencia para no dejar el vehículo frente a los ingresos de casas particulares.

A la hora de estacionar un vehículo hay que prestar atención al Reglamento de Tránsito de la CDMX para evitar caer en infracción y tener que pagar el costo de una multa. Uno de los errores más comunes es dejar el carro frente a una casa y esto podría equivaler al cobro de una abultada suma.

Tránsito en CDMX. Fuente: archivo

Cuánto sale la multa por estacionar frente a una casa

El Reglamento detalla en su artículo 29 cuál es la forma correcta de estacionar un automóvil: "De forma momentánea, provisional o temporal, sin que se represente una afectación al desplazamiento de peatones y circulación de vehículos o se obstruya la entrada o salida de una cochera".

Esto quiere decir que un auto jamás podría obstruir el ingreso a la cochera de una propiedad, mientras que en vías secundarias, es importante no impedir la circulación de autos y peatones. En caso de incurrir en la infracción, la multa va desde 1,443.3 a 1,924.4 pesos.

Hay que tener en cuenta también que en zonas y calles en las que existan sistemas de cobro por estacionamiento en vía pública, el conductor de un vehículo con placas de matrícula para personas con discapacidad tiene preferencia en la utilización de los espacios disponibles".

Dónde está prohibido estacionar en CDMX

El Reglamento de tránsito detalla todas las situaciones donde está prohibido estacionar:

  • Sobre vías peatonales, especialmente banquetas y cruces peatonales, así como vías ciclistas exclusivas, para ello es suficiente que cualquier parte del vehículo se encuentre sobre estos espacios. Multa de 962 a 1,924.4 pesos
  • En las vías primarias. Multa de 962 a 1,924.4 pesos
  • Sobre o debajo de cualquier puente o estructura elevada de una vía pública o en el interior de un túnel. Multa de 1,443.3 a 1,924.4 pesos
  • En el costado izquierdo de la vía cuando existan camellones centrales, laterales o islas, así como en las glorietas, salvo que las marcas en el pavimento y el señalamiento lo permita. En donde exista señalamiento restrictivo, o la guarnición de la acera o las marcas de pavimento sean de color amarillo. Multa de 962 a 1,924.4 pesos
  • En los carriles exclusivos, confinados y/o prioritarios de transporte público. Multa de 1,924 a 2,886.6 pesos
  • En áreas de circulación, accesos y salidas de estaciones y terminales del transporte público colectivo, sitios de taxi, así como en zonas de ascenso y descenso de pasaje de transporte público. Multa de 1,924 a 2,886.6 pesos
  • En espacios para servicios especiales autorizados por la Secretaría o cualquier otro sitio indicado por la señalización vial correspondiente. Multa de 1,443.3 a 1,924.4 pesos
  • En espacios de servicios especiales destinados al ascenso y descenso de pasajeros cuando la permanencia del vehículo supere el tiempo indicado en la señalización vial, excepto cuando se trate de pasajeros con discapacidad o movilidad limitada. Multa de 1,443.3 a 1,924.4 pesos
  • Frente a Establecimientos bancarios, Hidrantes para uso de los bomberos; Entradas y salidas de vehículos de emergencia; Entradas o salidas de estacionamientos públicos y gasolineras; Accesos peatonales o vehiculares y salidas de emergencia de centros escolares y demás centros de concentración masiva que determine la Secretaría; Rampas peatonales; Rampas vehiculares para el acceso a cocheras, salvo que se trate del domicilio del propio conductor, en entradas y salidas peatonales de instalaciones de hospitales o centros de salud. Multa de 1,443.3 a 1,924.4 pesos
  • En lugares donde se obstruya la visibilidad de la señalización vial. Multa de 962 a 1,924.4 pesos
  • Sobre las vías en doble o más filas. Multa de 962 a 1,924.4 pesos
  • En carreteras de no más de dos carriles y con doble sentido de circulación. Multa de 962 a 1,924.4 pesos
  • En sentido contrario a la circulación. Multa de 4,81.1 a 962 pesos
  • En vías ciclistas, como ciclovías y ciclocarriles, con excepción de los vehículos no motorizados para los cuales están destinados estos espacios. Multa de 1,443.3 a 1,924.4 pesos
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