Aguinaldo 2023: ¿cómo calcular el pago exacto y evitar que te den menos dinero?
Millones de trabajadores recibirán próximamente su aguinaldo. Conoce los trucos para evitar chantajes en la entrega de tu prestación.
A pocas semanas de finalizar el 2023, millones de trabajadores se preparan para recibir el aguinaldo, un monto extra al salario. Presta atención a algunos detalles a la hora de recibir el pago y evita recibir menos dinero que el que te corresponde.
Bajo lo que determina la Ley Federal del Trabajo (LFT), todos los empleados formales tienen el derecho de recibir el aguinaldo. Dicho pago es equivalente a 15 días de salario, como mínimo, y se debe entregar antes del 20 de diciembre.
Si tu contrato vigente cuenta con menos de un año, la empresa o el patrón deberá abonar un monto proporcional al período trabajado.
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¿Cómo calcular el pago del aguinaldo 2023?
Ante las confusiones que surgen sobre el dinero que se recibirá correspondiente al aguinaldo, existen varias fórmulas sencillas para conocer el monto que te corresponde por ley.
Si llevas más de un año en la empresa
En este caso, se debe dividir el salario mensual neto entre los 30 días del mes y multiplica por los 15 días de aguinaldo mínimo establecidos.
Si llevas meses dentro de la empresa
A diferencia del anterior, en esta situación hay que dividir el monto del aguinaldo estándar entre los días del año y multiplicarlo por los días trabajados.
Si tus ingresos son variables, suma el ingreso total anual, divide el promedio mensual entre 30 para obtener la cuota diaria y multiplica la cifra por los 15 días de aguinaldo legal.
Además de estas cuentas, también existen calculadoras virtuales que permiten hacer la cuenta de forma fácil y sencilla. Entre las opciones más conocidas, se encuentran: Kueski, Fiscoclic, Boppayroll, Yo te presto y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿Quiénes recibirán aguinaldo adelantado?
A continuación, uno por uno los casos en los que se recibirá el dinero antes del 20 de diciembre.
- Personal operativo de confianza
- Personal de enlace y de mando
- Trabajadores del Servicio Exterior Mexicano en territorio nacional y en el extranjero
- Militares en activo
- Personas físicas bajo el régimen de honorarios que prestan sus servicios a dependencias y entidades y al Servicio exterior mexicano
- Pensionados en retiro, tanto militares como civiles
- Veteranos de la Revolución mexicana
- Personal autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público