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La nueva Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos entró en vigor este jueves 5 de noviembre, luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). El ordenamiento busca impulsar el uso de medios de pago electrónicos en México y abre la posibilidad de que, en determinados sectores y actividades económicas, el efectivo deje de ser una opción para realizar transacciones.

La legislación establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, SHCP, será la encargada de determinar en qué sectores estratégicos y actividades relevantes los pagos digitales y electrónicos podrán convertirse en la única forma de pago. Para ello, las autoridades deberán establecer las condiciones y los plazos para que los establecimientos y prestadores de servicios adopten estos mecanismos.

El decreto deriva de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el pasado 8 de septiembre. La Cámara de Diputados aprobó el dictamen el 6 de octubre con 327 votos a favor, 122 en contra y ninguna abstención.

La nueva legislación fue aprobada por la Cámara de Diputados el 6 de octubre con 327 votos a favor, 122 en contra y ninguna abstención.
La nueva legislación fue aprobada por la Cámara de Diputados el 6 de octubre con 327 votos a favor, 122 en contra y ninguna abstención.@sebas_a2398

¿En dónde podrían dejar de aceptar pagos en efectivo?

El artículo 13 de la nueva ley establece que la SHCP determinará los sectores estratégicos y actividades relevantes en los cuales la aceptación de medios de pago digitales y electrónicos podrá ser la única forma de pago.

El decreto no establece directamente una lista de establecimientos o actividades que deban eliminar el efectivo, sino que deja esa decisión en manos de Hacienda. De acuerdo con el primer artículo transitorio, la dependencia tendrá un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de la ley, para determinar los sectores involucrados.

Posteriormente, las autoridades competentes de cada sector tendrán otros 15 días hábiles, contados desde la publicación de esa determinación, para emitir las disposiciones correspondientes.

La legislación también contempla una excepción: si ocurre una contingencia que impida recibir pagos electrónicos, se permitirá utilizar efectivo o cheque.

El artículo 15 señala textualmente: “Cuando se presente una Contingencia que imposibilite la recepción de Medios de Pago Digitales y Electrónicos, se permitirá el pago en efectivo o cheque”.

Hacienda tendrá 15 días hábiles desde la entrada en vigor de la ley para determinar los sectores donde podrán eliminarse los pagos en efectivo.
Hacienda tendrá 15 días hábiles desde la entrada en vigor de la ley para determinar los sectores donde podrán eliminarse los pagos en efectivo.EFE

Los pagos digitales y electrónicos contempla la nueva ley

El artículo 2 define los mecanismos que podrán utilizarse para realizar operaciones económicas. Entre ellos se encuentran:

  • Códigos QR: herramientas para efectuar pagos mediante códigos de respuesta rápida.
  • Dispositivos NFC: tecnología de comunicación de campo cercano que permite realizar pagos electrónicos.
  • Tarjetas de débito y crédito: instrumentos bancarios para pagar bienes y servicios.
  • Transferencias electrónicas: órdenes de transferencia de fondos, incluido el servicio de domiciliación.
  • Otros dispositivos e interfaces: cualquier tarjeta, dispositivo o tecnología que permita realizar pagos o transferir recursos y que sea reconocida por las autoridades competentes.

El artículo 10 establece que las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán realizar las acciones necesarias para aceptar estos medios de pago en la atención de trámites y servicios.

Por su parte, el artículo 12 señala que los proveedores de bienes y servicios deberán habilitar la infraestructura necesaria para recibirlos, informar a los usuarios cuáles tienen disponibles y adoptar medidas para atender posibles fallas.

Los establecimientos y autoridades deberán habilitar infraestructura para recibir pagos con QR, tarjetas, transferencias y dispositivos NFC.
Los establecimientos y autoridades deberán habilitar infraestructura para recibir pagos con QR, tarjetas, transferencias y dispositivos NFC.Fuente: ShutterstockShutterstock

CURP Digital y Expediente Digital Ciudadano: así cambiarán los servicios financieros

La nueva legislación también incorpora mecanismos para facilitar la contratación digital de servicios financieros y reducir la necesidad de presentar documentos físicos.

Uno de los cambios es que la CURP Digital será aceptada como un mecanismo de confianza para identificar a las personas durante estos procedimientos. Sin embargo, su utilización no será obligatoria, ya que los usuarios podrán elegir otro documento de identificación oficial.

El artículo 6 establece: “Las Personas Usuarias, a su elección, podrán utilizar ante las Entidades, la CURP Digital o cualquier otro mecanismo de identificación oficial, para la contratación digital de servicios financieros”.

Asimismo, se crea el Expediente Digital Ciudadano, que permitirá consultar y utilizar documentos e información personal para contratar servicios financieros, siempre que la persona usuaria lo solicite.

La ley establece que los documentos digitales contenidos en este expediente tendrán los mismos efectos jurídicos que los documentos físicos.

Con estas disposiciones, el Gobierno busca ampliar el uso de herramientas digitales en las operaciones económicas, facilitar los servicios financieros y avanzar hacia una mayor inclusión financiera. No obstante, la posibilidad de eliminar el efectivo dependerá de las determinaciones posteriores de Hacienda y de las reglas que emitan las autoridades de cada sector.