

En las vísperas de la llegada de un nuevo año, el Gobierno de México se encuentra vigente en la actualización de los montos que regirán para el salario mínimo a partir del 1 de enero.
Con un aumento previsto desde esta fecha, los trabajadores del país permanecen atentos a las obligaciones fiscales que les corresponderán en 2026, como el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Para aquellos interesados en determinar si deberán rendir cuentas en este contexto ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), es recomendable verificar cuáles son los salarios mensuales que la entidad tiene contemplados para realizar el pago de este tributo.

¿Qué es el Impuesto sobre la Renta (ISR)?
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) representa un gravamen directo aplicado sobre los ingresos que contribuyen al aumento del patrimonio de un individuo.
Este hecho conlleva que una fracción del salario que se percibe mensualmente se destine al Estado, contribuyendo así a la infraestructura, el bienestar y otras áreas de relevancia.
¿Quiénes están obligados a pagar ISR?
- Mexicanos
- Extranjeros
- Personas físicas (contribuyente directo)
- Personas Morales (empresa o grupo)
¿Qué salarios quedarán exentos del ISR en 2026?
A partir del 1 de enero de 2026, el salario mínimo general experimentará un aumento de 278.80 a 315.04 pesos diarios, lo que representa un incremento de aproximadamente el 13%. Por otro lado, el salario mínimo correspondiente a la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) se incrementará de 419.88 a 440.87 pesos por día, reflejando un aumento del 5%.
Esta disposición por parte del Gobierno de México se fundamenta en el salario mínimo vigente en 2025, sumando un Monto Independiente de Recuperación (MIR) de 17.01 pesos y un incremento adicional del 6.5%.
Con los montos actualizados, surge una de las dudas más comunes entre los asalariados del sector formal: si deberán o no pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
De acuerdo con la legislación vigente en el territorio mexicano, que establece al ISR como una obligación constitucional, corresponde al ciudadano cumplir con esta normativa y rendir cuentas ante los organismos competentes.

Según lo establecido recientemente en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los únicos trabajadores que quedarán exentos de pagar el ISR son aquellos cuyos ingresos mensuales se sitúan por debajo del salario mínimo, es decir, aquellos que perciban menos de 9,587.5 pesos mensuales.
Aquellos que reciban un salario superior verán aplicado un descuento mensual. Es importante señalar que este gravamen puede recuperarse al presentar la Declaración Anual de impuestos, que se realiza en abril y al solicitar la deducción de gastos personales. De este modo, el SAT podrá restituir, en caso de que se cumplan los requisitos, una parte del ISR ya abonado.















