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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió posponer la discusión del proyecto de sentencia elaborado por la ministra María Estela Ríos González, relacionado con los desalojos en la Ciudad de México (CDMX) y con la contradicción de criterios 127/2025, cuyo propósito era permitir el aseguramiento de bienes sin orden judicial.

La decisión del SCJN se dio tras las manifestaciones de distintos colectivos sociales, que expresaron su preocupación ante la posibilidad de que la propuesta vulnerara el derecho a la vivienda de la población.

(Imagen ilustrativa generada con Chat GPT)
(Imagen ilustrativa generada con Chat GPT)

En este contexto, el máximo tribunal retiró del orden del día dos asuntos que tenía previstos resolver: la acción de inconstitucionalidad 73/2019, enfocada en la legalidad de los desalojos en la capital del país, y la contradicción de criterios 127/2025, vinculada al aseguramiento de bienes sin autorización judicial previa.

Proyecto de desalojo de vivienda en CDMX

El proyecto que iba a ser analizado se centra en el artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México, el cual establece la prohibición de desalojos sin mandato judicial y garantiza el derecho de audiencia, así como el debido proceso.

El secretario general de acuerdos de la Corte, Daniel Álvarez Toledo, informó que se determinó retirar los asuntos identificados con el número cuatro de la lista, correspondiente a la acción de inconstitucionalidad 73/2019, así como los puntos siete, ocho, nueve y diez, relativos a la contradicción de criterios 127/2025, los amparos en revisión 424/2025 y 446/2025, y la contradicción de criterios 39/2025.

Asimismo, Álvarez Toledo señaló que se sometió a consideración del Pleno el proyecto de acta de la sesión pública ordinaria número siete, celebrada el jueves 15 de enero, junto con la certificación de la votación de la contradicción de criterios 223/2025. En ese caso, explicó, se alcanzó una mayoría de cinco votos en contra del proyecto y se determinó la inexistencia de dicho argumento.

¿Cuándo no se puede desalojar a un inquilino?

En la Ciudad de México está prohibido retirar a un inquilino por la fuerza, sin una orden judicial o sin haber cumplido con el procedimiento legal correspondiente, aun cuando no exista un contrato de arrendamiento por escrito. El artículo 60 de la Ley de Derechos Humanos local protege a las personas ocupantes frente a desalojos forzosos que las dejen sin vivienda y garantiza que no sean objeto de discriminación.

Para llevar a cabo un desalojo de manera legal en la CDMX, es indispensable iniciar un juicio de arrendamiento inmobiliario y obtener una resolución emitida por un juez.

¿Cuánto tiempo tarda un juicio de desalojo en CDMX?

En CDMX. Un juicio de desalojo tarda aproximadamente entre 6 y 12 meses en resolverse y ejecutarse, pudiendo extenderse a más de 18 meses si el inquilino presenta defensas o apelaciones. El proceso en cuestión implica: demanda, emplazamiento, audiencia y lanzamiento forzoso por actuario.