

Si alguna vez te enteraste de una multa de tránsito semanas después y ya no pudiste hacer nada, eso se acabó.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acaba de cambiar una regla que durante años dejó a millones de automovilistas sin posibilidad de defenderse: a partir de ahora, el tiempo para impugnar una infracción no corre desde que te la pusieron, sino desde que tú te enteraste de ella.

La trampa legal que atrapaba a los conductores ya no existe
Hasta ahora, muchos automovilistas quedaban en desventaja sin siquiera saberlo. Las multas se registraban, pero no siempre se notificaban de forma directa o efectiva al dueño del vehículo. Como resultado, la persona se enteraba mucho tiempo después —por ejemplo, al consultar adeudos o hacer un trámite— y para ese momento ya había pasado el plazo legal para impugnarla.
Esto generaba un problema claro: la autoridad podía imponer la sanción sin asegurarse de que el ciudadano estuviera enterado, y aun así el tiempo para defenderse corría. En la práctica, eso dejaba a los conductores sin posibilidad real de reclamar.
El nuevo criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cambia esa lógica. A partir de ahora, el plazo para impugnar una multa no empieza cuando la infracción es registrada, sino hasta que el propietario del vehículo tiene conocimiento efectivo de ella.
En otras palabras, el tiempo para defenderte comienza cuando realmente te enteras de la multa de tránsito, no antes.
Qué dice exactamente la resolución de la Suprema Corte y por qué es tan importante para los conductores
De acuerdo con el comunicado de la Suprema Corte del 22 de enero de 2026, se estableció como criterio obligatorio que cuando el propietario de un vehículo impugna una multa de tránsito impuesta a otra persona que lo conducía, el plazo para promover el juicio de amparo indirecto debe calcularse a partir del momento en que tuvo conocimiento del acto reclamado.
En otras palabras, no debe tomarse como punto de partida la fecha en que la boleta fue entregada, sino aquella en que el propietario fue notificado directamente o tuvo conocimiento exacto del acto.
Esto es especialmente relevante considerando que México cuenta con más de 50 millones de vehículos y una parte importante de las sanciones se genera sin que el dueño reciba aviso inmediato, sobre todo en sistemas como las fotomultas o cuando otra persona maneja el auto.

Las autoridades ahora tienen que demostrar que sí te avisaron, o la multa de tránsito puede no tener valor
El fallo no solo beneficia a los conductores: también pone a las autoridades contra la pared. La resolución presiona a las autoridades para hacer más eficientes sus mecanismos de notificación, ya que, si no se garantiza que el propietario fue informado, la multa podría perder validez en un proceso legal.
El impacto económico es real: en ciudades como la Ciudad de México, las multas pueden ir de 1,000 hasta más de 30,000 pesos, por lo que perder la oportunidad de defenderse representaba un costo directo para los conductores.
Con este nuevo criterio, la SCJN no elimina las multas, pero sí cambia la forma en que los conductores pueden enfrentarlas: el foco ya no está solo en la infracción, sino en garantizar que el proceso sea claro, notificado y defendible.















