

Una inesperada resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) volvió a poner el foco sobre el régimen de pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y generó dudas entre miles de trabajadores retirados en México.
El criterio confirmado por el máximo tribunal establece que, en determinados casos, no será posible cobrar al mismo tiempo la pensión por jubilación contractual y la pensión de vejez contemplada por la Ley del Seguro Social de 1973, al considerar que ambas tienen el mismo origen de protección.

Qué cambió con la resolución de la Suprema Corte sobre las pensiones del IMSS
La decisión de la SCJN respaldó el criterio aplicado por el Instituto Mexicano del Seguro Social respecto a la incompatibilidad entre ciertos esquemas de retiro y pensión. De acuerdo con la resolución, cuando una persona ya recibe una pensión por jubilación derivada de una relación laboral que sustituye el ingreso por retiro, no corresponde acumularla con la pensión de vejez prevista en la Ley 73 si ambas cubren la misma contingencia.
El fallo no elimina la existencia de la pensión bajo la Ley del Seguro Social de 1973 ni modifica los requisitos generales para acceder al beneficio. Lo que cambia es el criterio para quienes buscaban mantener ambos pagos simultáneamente dentro de determinados supuestos laborales y contractuales.
Quiénes podrían verse afectados por este nuevo criterio del IMSS y la Ley 73
El impacto no alcanza a todos los pensionados del país ni implica una cancelación automática para cualquier persona que cobre una pensión del IMSS.
La resolución se enfoca especialmente en trabajadores que reciben una jubilación contractual —generalmente derivada de contratos colectivos o condiciones laborales específicas— y además intentan acceder o conservar una pensión de vejez del régimen de la Ley 73.
En esos casos, las autoridades pueden revisar si existe duplicidad de beneficios sobre el mismo hecho generador del retiro. Por ese motivo, especialistas recomiendan revisar el origen de cada prestación antes de asumir que ambas son compatibles.
Pensión por jubilación y pensión de vejez: por qué la Corte consideró que no pueden cobrarse juntas
El eje central del criterio judicial es que ambas prestaciones tienen como finalidad sustituir ingresos después del retiro laboral. Según el razonamiento respaldado por la Suprema Corte, permitir el cobro simultáneo podría generar una doble cobertura sobre el mismo riesgo protegido por el sistema.
Esto no significa que desaparezcan los derechos adquiridos ni que todos los jubilados deban enfrentar cambios inmediatos en sus pagos. Sin embargo, quienes estén en una situación similar deberán verificar las condiciones particulares bajo las que obtuvieron cada beneficio para determinar si el criterio puede tener efectos sobre su caso.















