

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que desde el 15 de diciembre de 2025 entraron en vigor las últimas disposiciones relacionadas con la llamada Ley Silla. Con ella, los patrones deberán darle a sus empleados banquetas con respaldo para garantizar períodos de descanso cuando permanecen de pie durante gran parte de la jornada laboral.
Las reglas que se incorporaron desde su entrada en vigor derivan del decreto publicado el 19 de diciembre de 2024 y de las disposiciones sobre factores de riesgo laboral para garantizar el derecho al descanso de las personas trabajadoras que realizan sus actividades de pie, publicadas el 17 de junio de 2025.

A partir de esa fecha, las obligaciones contempladas en el marco normativo son plenamente exigibles.
Ley Silla establece que los patrones deberán darle a sus empleados banquetas con respaldo
Los trabajadores que desempeñen sus tareas de pie deberán disponer de una silla o asiento con respaldo en su propio puesto, de manera que puedan alternar entre permanecer de pie y sentarse sin dejar de realizar sus actividades.
Cuando las características del trabajo impidan colocar el asiento directamente en el puesto, el empleador deberá habilitar sillas con respaldo en un espacio cercano.
En estos casos, el número de pausas y el tiempo destinado a cada una deberá acordarse con los empleados, con el objetivo de garantizar efectivamente su derecho al descanso durante la jornada.
STPS verifica el cumplimiento en México
La Secretaría del Trabajo señaló que incluyó en su Programa Anual de Inspección 2026 la supervisión de las obligaciones establecidas por la Ley Silla.
Con estas inspecciones, la dependencia busca acompañar a las empresas en la implementación de estas disposiciones y verificar que se establezcan condiciones que favorezcan el descanso, la salud y la prevención de riesgos para quienes realizan actividades de pie.
La STPS llamó a los patrones y centros de trabajo de los sectores industrial, comercial y de servicios a cumplir con las nuevas reglas.
De acuerdo con la dependencia, estas medidas buscan prevenir riesgos laborales, disminuir la fatiga y las lesiones en músculos, huesos, articulaciones, tendones, ligamentos y nervios, además de contribuir al bienestar y la productividad de los trabajadores.
La Secretaría reiteró su compromiso con la dignificación del trabajo, la protección de la salud laboral y la creación de espacios seguros, en línea con los principios de trabajo digno.
¿Qué pasa si mi empresa no cumple con la Ley Silla?
En México, la Ley Silla contempla sanciones económicas para los empleadores que no proporcionen asientos adecuados o impidan que sus trabajadores los utilicen durante la jornada laboral, especialmente en puestos que requieren permanecer de pie durante largos periodos, como:
- Cajeros
- Vendedores
- Personal de mostrador
- Otros empleos similares
Las multas por incumplir esta disposición se establecen en Unidades de Medida y Actualización (UMA). De acuerdo con las reformas a la Ley Federal del Trabajo y los criterios de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), las sanciones pueden ir de 50 a 5,000 UMA.
Para determinar el monto de la sanción, las autoridades pueden considerar distintos factores, como:
- Cantidad de empleados perjudicados, si el patrón reincidió en el incumplimiento
- Disposición para corregir la situación
- Gravedad de la falta: desde no proporcionar sillas hasta ofrecer asientos en malas condiciones o prohibir que los trabajadores se sienten
En situaciones graves o cuando existe reincidencia, las autoridades pueden ordenar la suspensión temporal de actividades hasta que el establecimiento cumpla con las disposiciones.
Además, si se demuestra que la falta de asientos ocasionó problemas de salud de los empleados, el patrón podría enfrentar responsabilidades adicionales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o los tribunales laborales.
Los trabajadores también tienen la posibilidad de presentar denuncias, incluso de manera anónima. Por su parte, las autoridades pueden realizar inspecciones laborales sin previo aviso para verificar el cumplimiento de la normativa.















