

En esta noticia
- La SCJN declaró constitucional el artículo 2448 D al resolver el Amparo en Revisión 546/2025 el 25 de febrero de 2026.
- Los aumentos de renta en vivienda en CDMX no podrán superar la inflación anual reportada por Banco de México.
- El Registro Digital solo podrá recabar datos estrictamente necesarios y deberá proteger la confidencialidad de la información.
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El fallo

Alquileres en CDMX: un límite relacionado con la inflación y respaldo constitucional
En su argumentación, la SCJN precisó que la disposición “permite a las partes seguir fijando de forma libre el monto inicial de la renta y las demás condiciones de arrendamiento”, por lo que no vulnera los artículos 5° y 27 de la Constitución.
El máximo tribunal avaló que el incremento anual de la renta de vivienda no pueda superar la inflación reportada el año previo por el Banco de México. Según el comunicado No. 035/2026, la norma busca frenar abusos sin fijar precios de arranque.

Registro Digital: información que se podrá recopilar
La Suprema Corte determinó que el registro “únicamente podrá incluir el monto de la renta y el incremento pactado, así como la colonia y alcaldía del inmueble”, excluyendo otras cláusulas contractuales y garantizando confidencialidad bajo la legislación local de datos personales.
Además del límite a los aumentos, el Pleno validó el artículo 2448 F, que crea el Registro Digital de Contratos de Arrendamiento en la Ciudad de México. No obstante, estableció una interpretación conforme para acotar la información exigible.













