

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un fallo que transforma las normativas para el traslado de ganado en México. El Tribunal Pleno estableció que numerosos permisos estatales ya no pueden ser requeridos. “La guía de tránsito puede existir como instrumento para acreditar la propiedad”, indicó el más alto tribunal en su resolución.
La decisión fue tomada al dirimir la Controversia Constitucional 216/2025, analizada en sesión del Pleno el 10 de marzo de 2026. En su dictamen, la Suprema Corte precisó que determinados requisitos locales en Nayarit invadían competencias federales, lo que ocasionó que su aplicación quedara sin efecto a partir de ahora.
En el comunicado oficial, la Suprema Corte expuso que algunas disposiciones estatales intentaban regular el movimiento de animales a través de autorizaciones locales.
“En los hechos, se instauraba un régimen estatal de permiso previo para el traslado de ganado”, señaló el tribunal, “lo que contraviene las facultades previstas en la Constitución mexicana.”
El fallo reconoce documentos de propiedad del ganado sin filtros obligatorios
El fallo distingue entre los documentos que acreditan la propiedad del ganado y aquellos que actúan como permisos necesarios para su traslado. Los ministros avalaron parte de la Ley Ganadera de Nayarit, que reconoce instrumentos administrativos para probar la posesión o transmisión de animales.

Según el comunicado, estos mecanismos pueden mantenerse debido a que no constituyen un filtro obligatorio para el movimiento del ganado.
“Estas disposiciones se encuentran dentro de la facultad de las entidades federativas para legislar en materia civil y administrativa”, explicó la Corte al justificar la validez de esos registros.

Suprema Corte invalida permisos estatales para movilización de ganado
La Suprema Corte enfatizó que esos controles pertenecen al dominio federal, particularmente en lo que respecta a cuestiones sanitarias.
Sin embargo, el Pleno anuló varios artículos de la misma ley que requerían permisos estatales previos para transportar o exportar ganado, así como productos y subproductos pecuarios. Entre estos se encontraban las guías de tránsito emitidas por autoridades locales o las autorizaciones proporcionadas por inspectores.
“Estas disposiciones invaden la esfera de competencia de la Federación en materia de salubridad general”, resolvió el tribunal, dejando en claro que los estados no pueden implantar exigencias previas para la movilización de ganado.













