

El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un documento clave para que aquellas personas que acrediten una discapacidad, sin importar de qué tipo sea, tengan garantizado el acceso a una amplia red de derechos y beneficios.
Sin embargo, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) informó que determinados grupos de titulares del CUD tendrán que renovarlo de manera obligatoria. Esto, por su parte, es fundamental para mantener las prestaciones y beneficios relacionadas al Certificado Único de Discapacidad.
Quiénes tienen que renovar el Certificado Único de Discapacidad
A través de la Resolución Número 2520/2024 el Gobierno prorrogó los vencimientos de los CUD que finalizaban entre el 1 de enero y el 31 de 2025 por un año más, es decir que se amplió la vigencia del mismo.

No obstante, con el 2026 en transcurso todas aquellas personas que tengan el CUD con fecha de vencimiento para algún mes del 2025, tendrán que renovarlo de manera obligatoria en este año.
Esto significa que si un Certificado Único de Discapacidad vencía, por ejemplo, en marzo de 2025, su habilitación se extiende hasta marzo de 2026. En dicha fecha el CUD deberá ser actualizado y esto se aplica sobre el resto de los meses del año.
En este sentido, la ANDIS remarcó que “los CUD con fecha de vencimiento o actualización para 2025 permanecerán vigentes hasta la misma fecha del año 2026 para su actualización". Pasada la fecha tendrá que ser renovado.
Qué se necesita para tramitar o renovar el CUD
- Documento de identidad vigente (DNI u otro válido).
- Formulario de solicitud del CUD, completado.
- Certificado médico firmado y sellado, con una antigüedad determinada, que detalle diagnóstico, estado actual, historia clínica, secuelas, limitaciones funcionales y tratamientos.
- En caso de menores de edad adjuntar la partida de nacimiento (si el DNI no detalla progenitores), DNI de padre/tutor, y, si corresponde, autorización del responsable legal.
- En casos de renovación: presentación del CUD anterior vencido o próximo a vencer.

¿Qué derechos tiene una persona titular del CUD?
Conforme a la normativa vigente aquellas personas que sean titulares del Certificado Único de Discapacidad (CUD) tendrán garantizado el acceso a los siguientes servicios y prestaciones:
- Salud: cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) que requiera en relación a lo que fue certificado como discapacidad.
- Transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
- Asignaciones familiares: ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.
- Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros). En estos casos la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa.
- Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos, independientemente del vehículo en el que te traslades.













