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Muchas familias piensan que si no cobraron la Ayuda Escolar Anual en marzo, perdieron el beneficio. Sin embargo, no es así.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilita la presentación del trámite durante todo el año, y en agosto todavía hay miles de titulares en condiciones de reclamarlo.

Quiénes pueden pedirla en agosto

El beneficio corresponde a $85.000 por hijo para quienes cobran la Asignación Universal por Hijo (AUH) o Asignaciones Familiares (SUAF).

El beneficio corresponde a $85.000 por hijo para quienes cobran la Asignación Universal por Hijo (AUH) o Asignaciones Familiares (SUAF).
El beneficio corresponde a $85.000 por hijo para quienes cobran la Asignación Universal por Hijo (AUH) o Asignaciones Familiares (SUAF).

En este contexto, hay varios casos que explican por qué todavía se puede tramitar fuera de marzo:

  • Familias que no presentaron el Certificado Escolar antes del 31 de diciembre del año anterior y por eso no cobraron en la liquidación automática.
  • Hogares que se dieron de alta en la AUH o el SUAF después de marzo, con hijos que ya estaban escolarizados.
  • Chicos que cumplieron 45 días de vida durante el año, la edad mínima para acceder al beneficio.
  • Hijos con discapacidad, que no tienen límite de edad y pueden acreditar la escolaridad en cualquier momento del año, ya sea en establecimientos especiales, talleres protegidos o mediante apoyo de maestros particulares.

En todos estos casos, el organismo evalúa la presentación y, una vez validada, habilita el pago sin necesidad de esperar al ciclo lectivo siguiente.

Cómo hacer el trámite en agosto

El procedimiento se realiza íntegramente a través de Mi ANSES, tanto desde la web como desde la aplicación móvil. Los pasos son:

  • Ingresar a Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  • Entrar a la sección “Hijos” y seleccionar “Presentar un Certificado Escolar”.
  • Generar el formulario para cada hijo y completar los datos solicitados.
  • Imprimir el certificado y llevarlo a la escuela, el taller protegido o el maestro particular para que lo firmen.
  • Sacar una foto legible del documento firmado y volver a cargarlo en la plataforma.

Una vez presentado correctamente, ANSES acredita el pago dentro de los 60 días posteriores. El plazo máximo para hacer este trámite es el 31 de diciembre de cada año; después de esa fecha, el beneficio se pierde para el período correspondiente.

Además del requisito de escolaridad, la familia debe mantenerse dentro del tope de ingresos vigente para las asignaciones familiares, que ANSES actualiza todos los meses y puede consultarse en el perfil de Mi ANSES.

Para quienes todavía no hicieron el trámite, agosto es un buen momento para regularizar la situación y no esperar hasta fin de año.