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Dólar tarjeta: qué cotización se tomará para el cierre del resumen, tras los cambios en las percepciones

Luego del aumento del dólar oficial a $ 800 y de la baja en las percepciones sobre el dólar tarjeta de un 155% a 60%, AFIP aclaró qué pasará con los gastos previos del mismo mes.

Luego de modificar los impuestos que pesan sobre el dólar tarjeta tras la corrección del dólar oficial de $ 400 a $ 800 la semana pasada, el Gobierno especificó este lunes qué valor será considerado para el pago del resumen de la tarjeta de crédito.

Tras la devaluación de la semana pasada, el Gobierno se vio obligado a modificar las percepciones que operan sobre el dólar tarjeta para evitar que éste sobrepasara los $ 2000.

Hasta el martes pasado, todos los pagos en moneda exterior realizados con tarjeta tenían un recargo del 155% de impuestos sobre los $ 400 a los que cotizaba el oficial. En este caso, de mantenerse estos gravámenes sobre el nuevo valor de la divisa a $ 800, el dólar tarjeta debería costar casi $ 2050, un valor muy por encima de los precios de mercado.

Es por esto que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se vio obligada a reducir las percepciones para los pagos con tarjeta en moneda extranjera, las cual bajaron de 155% a 60%

Ahora, dado que el dólar oficial cotiza a $ 821, el dólar tarjeta cotiza a $ 1313, 60 para la venta al sumarle las percepciones del 60%. Sin embargo, tras las modificaciones surgió una pregunta clave para todos aquellos que hicieron gastos con moneda extranjera con la tarjeta durante el último mes: ¿A qué valor del dólar va a cerrar el resumen bancario?

¿A qué valor del dólar va a cerrar el resumen bancario?

Dólar tarjeta: qué cotización se toma para el cierre del resumen

Este lunes, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5465/2023 a través de la cual resolvió esta duda respecto a las percepciones de los pagos con tarjeta de crédito en moneda extranjera.

Según la medida de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), las operaciones en moneda extranjera realizadas con tarjeta de crédito antes del 13 de diciembre con fecha de liquidación a partir del 14 del mismo mes tendrán un recargo del 60%, en línea con la corrección de percepciones de la semana pasada.

La nueva Resolución General - la primera suscripta por la nueva titular de la AFIP, Florencia Misrahi- determina que las percepciones que deba aplicarse sobre operaciones pactadas en moneda extranjera "que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al día 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del 30%".

A ese 30% correspondiente a Bienes Personales debe agregarse una alícuota también del 30% por el impuesto PAIS, por lo que la carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60%, a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial.

En sus considerandos, la resolución señala que "por razones de administración tributaria", fue necesario "adoptar un criterio excepcional respecto a la alícuota que debe considerarse para practicar las percepciones correspondientes a las operaciones con tarjeta de crédito (...) que se encontraren pendientes de liquidación".

De esta forma, todos los gastos en dólares con tarjeta de crédito del resumen correspondiente a este mes -con cierre después del 14 de diciembre inclusive- tomarán un dólar oficial a $ 821 más un 60% de impuestos, es decir, $ 1313 al día de hoy.

Todos los gastos en dólares con tarjeta de crédito con cierre después del 14 de diciembre inclusive tomarán un dólar oficial a $ 821 más un 60% de impuestos, es decir, $ 1313 al día de hoy.

Esta resolución evita que quienes tuvieran consumos en moneda extranjera previos al 13 de diciembre se vieran obligados a pagar un dólar de $1.321 más 155% de impuestos, con un valor de casi $ 2050

nueva percepción del 60% sobre el oficial se aplicará en las siguientes operaciones:

  • Compra de dólar Ahorro;
  • Pagos con pesos de los consumos de las tarjetas de crédito, de compra y de débito realizados en moneda extranjera sin importar el monto mensual;
  • Pagos con pesos de servicios en el exterior contratados por agencias de viajes y turismo del país;
  • Pagos con pesos de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática con destino fuera del país, excepto el caso de transporte terrestre de pasajeros a países limítrofes;
  • Pago con pesos de importación de determinados productos suntuarios.
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