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El cepo al dólar que en Argentina se encuentra vigente desde septiembre del 2019 recién ahora llega a Venezuela, el país con más inflación del mundo con un 686,4% para el 2021: así lo aprobó la Asamblea Nacional -el "Congreso" venezolano- hace tan solo unos días.
Luego de que los legisladores oficialistas del país a cargo de Nicolás Maduro aprobaran el nuevo impuesto a la compra de moneda extranjera, aún resta definir el porcentaje final a aplicarse, el cual puede rondar entre un 2 y un 20%.
Por lo pronto, se utilizará una tasa del 3% para cada operación en moneda extranjera realizada en Venezuela, ya sean transacciones bancarias o compras en comercios de parte de personas o empresas.

ARGENTINA VS VENEZUELA: DIFERENCIAS ENTRE CEPOS
Mientras que en la Argentina el cupo de compra de dólares oficiales se renueva mensualmente con un tope de u$s 200 (u$s 2400 por año) que también incluye pagos con tarjetas de crédito en la moneda extranjera, en Venezuela tal monto es anual y llega a u$s 9711,72 por año u 8500 euros.
En contraste, según Bloomberg Línea, la tasa argentina es un 2000% más alta que la Venezolana en la actualidad ya que el 3% que se aplica en el país de Maduro queda muy por detrás del 65% nacional, el cual se compone de un 30% de parte del Impuesto PAIS y otro 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias, monto que puede ser deducido de este gravamen o de Bienes Personales.
Además, en Argentina los sectores que pueden acceder al denominado dólar "ahorro" son acotados. Quienes apliquen a una o más de estas clasificaciones ya serán vetados de acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) que al día de la fecha vende al dólar "solidario" a u$s 183,15:
- Beneficiarios de un plan o programa de Anses, como la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
- Trabajadores en relación de dependencia que hayan recibido parte de su salario a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) o REPRO II.
- Personas sin ingresos declarados o "consistentes"
- Cotitulares de cuentas bancarias
- Quienes ya utilizaron la totalidad de su cupo (US$200 mensuales) a través de compras con tarjeta de crédito o débito.
- Quienes hayan refinanciado algún saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses
- Monotributistas que hayan tramitado los créditos a tasa cero
- Quienes hayan adquirido dólares financieros en los 90 días anteriores
- Los titulares de créditos UVA que accedieron al congelamiento de las cuotas durante la pandemia
- Dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24%
Cabe resaltar que el impuesto a la compra de divisas extranjeras en Venezuela aún aguarda una segunda revisión por parte de la Asamblea Nacional, lo que podría subir la tasa del 3% actual a un 20% en caso de que no se apruebe la creación de una institución financiera a cargo del Ejecutivo para regular las operaciones, ente que mantendría el porcentaje entre un 2 y un 8%.

Tal como explica Bloomberg Línea, las primeras trabas a la compra de divisa extranjera fueron impuestas en el 2011 durante la gestión de Cristina Fernández de Kirchner, apalancando el mercado del dólar paralelo o "blue", el cual al 8 de febrero del 2022 se vende en las plazas informales a $214.
Pese a que el expresidente Mauricio Macri eliminó el cepo instalado por su predecesora al asumir su gestión, en septiembre del 2019 -pocos meses antes de ceder el Gobierno al actual presidente Alberto Fernández- el impuesto a la compra de dólares resurgió, con un tope mensual de u$s 10.000 que fue recortado a u$s 200 en octubre luego de las elecciones presidenciales.
A fines del 2019 el cepo se estrechó aún más con la creación del Impuesto PAÍS, un "impuesto a la compra de moneda extranjera para la promoción y financiamiento de la inclusión social", tal como explica la AFIP; el cual estableció un gravamen del 30% sobre la compra de dólares para atesoramiento, uso en el extranjero o compras desde el país en moneda extranjera, lo que incluye a los servicios contratados en el exterior como Netflix y Spotify y a la venta de pasajes al exterior.
Finalmente, en septiembre del 2020 se creó un nuevo impuesto del 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales, valor que más tarde puede deducirse de estos gravámenes o directamente ser devuelto por la AFIP en caso de no pagar estos impuestos.













