Ayuda de 100 euros: a quienes beneficia y cómo solicitarlo
Conocé a quienes les corresponde este nuevo beneficio de 100 euros y cómo solicitarlo.
Luego de aprobarse el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado 2023, el Gobierno español implementará una ayuda de 100 euros por hijo de hasta tres años. Aunque esta cuantía ya la percibían las madres inscriptas en la Seguridad Social, ahora el Estado amplió la cantidad de beneficiarios.
Esta ayuda de 100 euros se trata de una deducción por maternidad por cada menor y se aplica mediante la reducción del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), para pagar menos a Hacienda o incrementar la cuantía de la administración tributaria.
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Requisitos para cobrar la ayuda de 100 euros en españa
El principal requisito a cumplir para solicitar la ayuda de 100 euros será tener a cargo un menor de tres años. En segundo lugar, la o el solicitante tendrá que estar dado de alta en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Además de estar en alguno de los regímenes contributivos, la persona tendrá que haber recibido el pago de algún tipo de prestación por desempleo. Antes de esta nueva norma, solo tenían derecho a percibir la ayuda las madres trabajadoras. Ahora, este beneficio se amplió a ambos padres, tengan o no empleo fijo.
Las personas que pueden solicitar la cuantía de 100 euros son:
- Las madres.
- Los dos progenitores, si pertenecen al mismo sexo,
- El padre en caso de fallecimiento de la madre.
- El padre o tutor cuando la guarda y custodia este a su cargo.
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ayuda de 100 euros: ¿CÓMO SOLICITARla?
Las madres que se encuentren a cargo de menores de 3 años podrán solicitar la ayuda de 100 euros al Estado español. Este nuevo cheque se tramitará de las siguientes formas:
- De forma online en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Las madres que deseen tramitar la ayuda por este medio tendrán que contar con el DNI electrónico o el Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Por vía telefónica en el Centro de Atención de la Agencia Tributaria, a la línea 901 200 347. Por este medio, tendrán que contar con una cuenta bancaria, el NIF, número de afiliación a la Seguridad Social y los datos del registro civil.
- De forma presencial se tendrán que dirigir a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria con el modelo 140 más cercana al domicilio.
- Por vía correo postal habrá que enviar la solicitud a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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