CAMBIO DE CATEGORÍA

Recategorización Monotributo AFIP: hasta cuándo se puede hacer el trámite y cómo son las nuevas escalas

Desde el 1° de enero todos los monotributistas que hayan registrado cambios en sus ingresos brutos de los últimos 12 meses deberán recategorizarse: hasta cuándo se puede hacer el trámite y cómo gestionarlo en base a los nuevos topes máximos.

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Desde el inicio de enero, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mantiene abierta la posibilidad de realizar la recategorización del Régimen Simplificado del Monotributo en base a los nuevos valores de las escalas que comenzaron a correr este 2023.

El trámite para quiénes se vean obligados a cambiar la categoría del Monotributo a la que se pertenece -de la categoría A a la K- se puede realizar de forma sencilla y 100% online a través del sitio web de AFIP.

Monotributo AFIP 2023: cómo hacer la recategorización con las nuevas escalas, plazos y requisitos

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La gestión la deben realizar únicamente quiénes registren cambios en sus ingresos brutos del último año y se deben tener en cuenta los nuevos topes máximos de cada una de las categorías en base a la última actualización de la entidad a cargo de Carlos Castagneto.

Esta modificación implicó un aumento anual en los máximos del 114% para las categorías A, B y C, del 93,4% para la D y del 72,47% para los tramos E, F, G, H, I, J y K, quedando las últimas dos por debajo de la inflación del 2022.

Quienes hubieran tenido variaciones en los ingresos brutos o alguno de los parámetros que determinan el encasillamiento deberán recategorizarse.

Ahora, los ingresos máximos para permanecer en el Régimen Simplificado del Monotributo serán de hasta $ 5,6 millones anuales para los servicios -hasta categoría H- y de hasta $ 8 millones anuales para la venta de cosas muebles, hasta la categoría K. Además, AFIP también aumentó los aportes que se debitarán mes a mes.

Pese a esta actualización de las categorías, los tributaristas critican el riesgo de que algunos monotributistas se vean obligados a pasar al más complejo Régimen General pese a no observar cambios en su poder adquisitivo: esto se debe a que el último reajuste dispuso aumentos de los topes por debajo de la inflación de los últimos 12 meses.

Recategorización del Monotributo enero 2023: hasta cuándo se puede realizar 

Según informa AFIP en su sitio web, la primera recategorización del Monotributo de este 2023 correrá entre el 1° y el 20 de enero para quienes deban modificar su categoría por cambios en sus ingresos anuales.

Cabe resaltar que, en caso de que la inscripción al régimen del Monotributo se haya realizado en los seis meses anteriores a la recategorización de principios de año, no será preciso someterse al trámite.

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En caso de que haya obligación de recategorizarse y el contribuyente no lo haga entre el 1° y el 20 de enero, si la entidad fiscal detectase movimientos bancarios u operaciones con tarjetas de crédito "que hicieran presuponer que se tienen ingresos superiores a los declarados para la categoría", esta reconvertirá de forma automática a dicho contribuyente al tramo correspondiente según sus ingresos.

Recategorización del Monotributo AFIP: en qué casos se realiza

Aunque el trámite se realiza cada seis meses -en enero y julio- se considera la actividad del último año: en caso de que se registren cambios en los ingresos, alquileres u otros, se deberá realizar la gestión online para mudarse de categoría.

Según aclara AFIP, "Aquellos monotributistas cuyos parámetros no hayan sufrido ninguna variación y mantengan la misma categoría, no deberán efectuar ninguna acción".

Así, hasta el 20 de enero, "quienes hubieran tenido variaciones en los ingresos brutos o alguno de los parámetros que determinan el encasillamiento deberán recategorizarse".

AFIP mantiene abierta la posibilidad de realizar la recategorización del Monotributo en base a los nuevos valores de las escalas.

Recategorización Monotributo AFIP: qué ingresos se calculan

En base a los últimos 12 meses, se deben considerar los siguientes puntos para conocer si los ingresos cambiaron o no y si es preciso recategorizarse:

  • Ingresos acumulados,
  • Energía eléctrica consumida,
  • Superficie afectada a la actividad en ese momento,
  • Alquileres devengados (en caso de corresponder).

RECATEGORIZACIÓN DEL MONOTRIBUTO 2023: CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE

Paso a paso, quiénes hayan registrado cambios en sus ingresos y se vean obligados a recategorizarse en el Monotributo deberán:

  1. Entrar al sitio web de AFIP e ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal personal.
  2. Una vez dentro, seleccionar la opción 'Recategorización'.
  3. El sistema mostrará la categoría actual y los topes de cada una de estas: se sugiere revisar las categorías vigentes antes de seguir con el trámite para asegurarse la categoría nueva a la que correspondería adherirse.
  4. Para conocer esto, se debe seleccionar el botón 'Escalas vigentes'.
  5. Luego, para proceder en la recategorización, se debe seleccionar el botón 'Continuar recategorización'.
  6. Aquí se debe informar el monto facturado en los últimos 12 meses: cuando el sistema pregunte si se tiene o utiliza un local, seleccionar la opción correspondiente y continuar.
  7. Se deben ingresar los datos correspondientes a la actividad personal según pide el sistema para determinar la nueva categoría.
  8. El sistema mostrará la categoría que corresponde según los datos aportados. Se recomienda verificar bien antes de aceptar la validación.
  9. Si los datos no son correctos, presionar en el botón 'Volver' para arreglar los errores. Si los datos están bien, seleccionar 'Confirmar categoría'.
  10. El sistema informará que la transacción se hizo correctamente y se podrá imprimir la nueva credencial.

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MONOTRIBUTO AFIP 2023: LOS NUEVOS TOPES MÁXIMOS DE LAS DISTINTAS CATEGORÍAS

Desde enero 2023, los nuevos topes anuales de cada una de las categorías en base a los ingresos brutos son:

  • Categoría A: $ 999.657 anuales o $ 83.305 por mes.
  • Categoría B: $1.485.976 anuales o $ 123.831 por mes.
  • Categoría C: $ 2.080.367 anuales o $ 173.363 por mes.
  • Categoría D: $ 2.583.720 anuales o $ 215.310 por mes.
  • Categoría E: $ 3.042.435 anuales o $ 253.536 por mes.
  • Categoría F: $ 3.803.043 anuales o $ 316.920 por mes.
  • Categoría G: $ 4.563.652 anuales o $ 380.304 por mes.
  • Categoría H: $ 5.650.236 anuales o $ 470.853 por mes.
  • Categoría I: $ 6.323.918 anuales o $ 526.993 por mes
  • Categoría J: $ 7.247.514 anuales o $ 603.959 por mes.
  • Categoría K: $ 8.040.721 anuales o $ 670.060 por mes.
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