Impuestos

Presupuesto 2023: qué son las excepciones impositivas y para quienes estarán destinadas

Con la creación de las exenciones tributarias, el gabinete de Sergio Massa busca promover el desarrollo económico y ofrecer un servicio social. Según números oficiales, ¿a cuánto equivale del PBI?

Este miércoles la Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el Proyecto de Presupuesto 2023. Dentro de la iniciativa, uno de los puntos más llamativos que se busca concretar, es la creación de las exenciones tributarias.

Se trata de un beneficio que otorga el Estado nacional a determinadas personas, organizaciones, consumos y empresas, y que representa un 2,5% del Producto Bruto Interno (PBI), es decir, $ 3.664.819 millones.

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Desde el gabinete que conduce el ministro de Economía, Sergio Massa, consideraron necesaria la creación de este salvoconducto a fin de "promover el desarrollo económico y ofrecer un servicio social a quienes más lo necesitan".

Qué son las excepciones impositivas que se discuten en el Presupuesto 2023 y para quiénes estarán destinadas

Las exenciones impositivas (o como se lo consigna en las cuentas públicas, "gasto tributario") son el monto de ingresos que el fisco deja de percibir al otorgar un tratamiento tributario preferencial, con el objetivo de beneficiar o favorecer el desarrollo de determinadas actividades, zonas, contribuyentes o consumos, de acuerdo a la separata que envió la cartera de Economía. 

En otras palabras, refieren a los pasivos a través de los cuales un sujeto está libre de pagar impuestos. Estas se brindan a empresas, regiones, actividades o consumos determinados, pero, en este caso, el objetivo es promover su desarrollo económico.

¿Cuánto representan las exenciones impositivas en relación al PBI?

La suma de los gastos tributarios estimados para 2023 alcanzará a $ 3.664.819 millones, lo que equivale al 2,5% del PBI, de acuerdo con el Proyecto de Presupuesto para el próximo año. Este monto representa un número mayor al déficit primario proyectado en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

De ese total, más del 70% corresponden a tratamientos especiales establecidos en las leyes de cada uno de los impuestos vigentes, mientras que el porcentaje restante (30%) es acaparado por diversos regímenes de promoción económica.

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Entre las exenciones impositivas más destacadas se encuentran las siguientes:

  • Se incorpora en la Ley de Procedimientos Tributarios que el alcance de las disposiciones sobre embargo, medidas precautorias o cautelares también resultarán de aplicación para las cuentas no bancarias o de pago y respecto de las entidades en las que aquellas se encuentren abiertas;
  • Se incorpora en el marco del régimen del Título II de la Ley N° 27.613 (Incentivo a la Construcción), la posibilidad de que los fondos blanqueados puedan destinarse a la adquisición de un inmueble usado con destino exclusivo a casa-habitación del declarante de los fondos y su familia, o por un plazo no inferior a diez (10) años, a la locación con destino exclusivo a casa-habitación del locatario y su familia;
  • Se crea el "Régimen de Incentivo a la Inversión y Producción Argentina" mediante el cual se prevé un blanqueo de fondos a afectarse, únicamente, al giro de divisas por el pago de importaciones para consumo, incluidos servicios, destinados a procesos productivos, no siendo aplicable en estos casos el Sistema de Capacidad Económica Financiera operativizado por la AFIP,
  • Se incluye una separata «Impacto del Gasto Tributario en las cuentas públicas» la cual tiene por objeto poner de manifiesto los beneficios impositivos que sectores específicos de la sociedad reciben a expensas de la sostenibilidad de las cuentas públicas y se acompaña información relevante referida al gasto tributario a fin de propiciar su análisis por parte de los Señores Legisladores. 

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