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La Corte Suprema de Justicia se declaró este lunes competente para tratar la demanda que presentó el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cuestionando la decisión del presidente Alberto Fernández de suspender las clases presenciales en el Área Metroplitana (AMBA), que incluye a la propia Ciudad.
La decisión -que contó con el apoyo de cuatro de los cinco jueces, sólo Elena Highton votó en disidencia- cita la opinión en el mismo sentido de la procuradora fiscal sobre la "competencia originaria" de la Corte y destaca que además "la acción entablada se sustanciará por la vía del proceso sumarísimo".
Firmaron a favor de la competencia originaria de la Corte Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Highton, por su parte, remitió a otro fallo en el que ya había manifestado que "la Ciudad de Buenos Aires no es un sujeto aforado a la jurisdicción originaria de esta Corte".
La presentación
El viernes antes de reunirse con Alberto, y en medio de un creciente enfrentamiento entre ambos, el jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta interpuso una acción judicial ante la Corte solicitando que declare la inconstitucionalidad del artículo 2 del Decreto de Necesidad y Urgencia 241 del Poder Ejecutivo, que dispuso la suspensión de las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en el AMBA en todos los niveles y en todas sus modalidades desde el 19 de abril hasta el 30 de abril inclusive.
El Gobierno porteño sostiene que el decreto viola la autonomía de la Ciudad e implica una virtual intervención federal porque se arroga potestades sobre competencias eminentemente locales, en salud y educación. Y en su planteo pidió que se le ordene al Estado Nacional que "se abstenga, hasta el dictado de la sentencia definitiva y firme, de llevar a cabo cualquier acto que implique poner en ejecución el Decreto cuestionado".
También plantea que "no es razonable" la suspensión porque no se encuentra justificada en datos empíricos sino que, por el contrario, "está científicamente demostrado, en el ámbito internacional y local, que el grado de contagio en establecimientos escolares es mínimo".
El fallo de la Justicia porteña
Entre la presentación del planteo ante la Corte y la definición de esta mañana del Tribunal de aceptar su competencia, la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad ordenó al gobierno porteño que garantice la continuidad de las clases presenciales sin atender el DNU de Alberto. Una decisión que fue celebrada por el gobierno de la Ciudad y duramente cuestionada desde el Gobierno nacionaly que llevó a que efectivamente hoy sí hubiera clases presenciales en CABA.
La sala integrada por los magistrados Marcelo López Alfonsín, Laura Alejandra Perugini y Nieves Macchiavelli resolvió un amparo planteado por un grupo de padres y ONG que reclamaron que urgía al dictado de una medida cautelar para frenar la suspensión de clases presenciales.
Ahora la Corte debe avanzar con el tratamiento "sumarísimo" sobre si el Poder Ejecutivo Nacional tiene constitucionalmente las facultades para la suspensión de las clases presenciales que dictó para el AMBA sin el acuerdo del gobierno porteño.













