En esta noticia
Mientras los aliados y el oficialismo negocian por iniciativas claves para el Ejecutivo, la UCR busca sumar al Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR) a la sesión de la próxima semana. La iniciativa del senador Eduardo Vischi está lista para reunir las firmas necesarias para el dictamen. En qué consiste el proyecto.
Si bien el proyecto todavía circula como una versión preliminar, que podría tener más cambios, la intención del radicalismo es que el texto avance hacia el recinto junto con otras iniciativas económicas que el oficialismo busca incorporar a la agenda del Senado.
El RIIR propone crear un régimen de incentivos aplicable en todo el país para promover inversiones nacionales y extranjeras, fortalecer cadenas de valor y la competitividad de distintos sectores, incrementar las exportaciones y favorecer la creación de empleo.
Según los fundamentos, la iniciativa busca ampliar y complementar el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) e incorporar a empresas de mayor tamaño.
El articulado establece que podrán acceder al beneficio los sujetos comprendidos en la Ley de Impuesto a las Ganancias que superen los límites máximos establecidos para la mediana empresa tramo 2.
El proyecto fija un piso de inversión de u$s 12 millones para esas empresas. El monto debe ejecutarse durante los dos primeros años desde la entrada en vigencia del régimen, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
Qué inversiones contempla
El texto de Vischi, considera inversiones productivas a la adquisición, elaboración, fabricación o importación de bienes muebles nuevos, con excepción de los automóviles, siempre que sean amortizables en el Impuesto a las Ganancias.
Asimismo, incluye las obras destinadas directamente al desarrollo de actividades productivas en el país.
Del proyecto, quedan excluidas las inversiones en activos financieros, de portfolio y bienes de cambio.
En cambio, los sistemas y equipos de riego, los bienes de alta eficiencia energética, las mallas antigranizo y los bienes semovientes podrían acceder al régimen con independencia del monto invertido.
Los beneficios fiscales
El principal beneficio previsto es un esquema de amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias. Para los bienes muebles amortizables, la empresa podría optar por computar la inversión en dos cuotas anuales, iguales y consecutivas.
En el caso de las obras, la amortización se calcularía sobre una vida útil reducida al 60% de la estimada. Para los equipos de riego, los bienes de alta eficiencia energética, los bienes semovientes amortizables y las mallas antigranizo, el proyecto permite computar la amortización en una sola cuota.
La opción deberá ser comunicada a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y aplicarse a todas las inversiones productivas realizadas bajo el régimen.
El segundo beneficio está vinculado con el IVA. Los créditos fiscales generados por las inversiones productivas podrían computarse para su devolución una vez transcurridos tres períodos fiscales mensuales desde el momento en que hubiera resultado procedente su cómputo.
Las exclusiones
El proyecto excluye del RIIR a las empresas declaradas en quiebra, a quienes registren deudas fiscales, aduaneras o previsionales firmes, exigibles e impagas y a quienes tengan condenas confirmadas en segunda instancia por delitos vinculados con corrupción, evasión tributaria, contrabando o régimen penal cambiario.
Tampoco podrán acceder al beneficio las empresas que utilicen el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) u otro régimen de incentivos para las mismas inversiones productivas.

La pérdida de las condiciones exigidas después de la adhesión al régimen será causal de caducidad de los beneficios. Además, si los bienes dejan de integrar el patrimonio de la empresa dentro de los dos años fiscales desde su afectación, deberán restituirse los créditos fiscales devueltos o el Impuesto a las Ganancias ingresado en defecto, junto con los intereses correspondientes.
El proyecto también contempla una multa de hasta dos veces el monto del beneficio utilizado.
Una versión de la ley sujeta a modificaciones
Los fundamentos del proyecto describen una escala de beneficios que iría desde las microempresas, con inversiones a partir de u$s 150.000, hasta las grandes firmas, con montos superiores a u$s 12 millones.
Sin embargo, el articulado provisorio fija expresamente el piso de u$s 12 millones para las empresas que superen los límites de la mediana empresa tramo 2. La diferencia entre los fundamentos y el texto del proyecto queda sujeta a la versión que finalmente se convierta en dictamen.
El próximo paso será reunir las firmas y definir si el RIIR logra ingresar a la sesión del Senado prevista para la próxima semana.

Por Amparo Beraza
Redactora
¡No te pierdas mi próxima nota! Unite a Members
- Accedé a todos los análisis sin límite de lectura
- Lectura sin publicidad
- App + edición impresa incluidas
- Acceso al foro de la comunidad
Desde $1000 / mes Menos de un café por semana

















