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Impuesto a las Ganancias: de qué se trata la nueva deducción de AFIP, punto por punto

La AFIP reglamentó este lunes una serie de detalles sobre una nueva deducción al Impuesto a las Ganancias dispuesta por el Presupuesto 2023: las claves.

Este lunes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó una nueva deducción al impuesto a las Ganancias dispuesta por la ley de Presupuesto 2023: se trata de los gastos por educación.

La semana pasada, el Poder Ejecutivo reglamentó esta deducción a través del Decreto 18/2023, mientras que la AFIP lo hizo este lunes a través de la Resolución General 5314 firmada por su titular, Carlos Castagneto.

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La medida reglamenta la "deducción de las sumas en concepto de servicios con fines educativos y de las herramientas destinadas a esos efectos" que el contribuyente pague como cargas de familia o por sus hijos de entre 18 y 24 años.

Cabe resaltar que, en este último caso, el joven deberá estar cursando "estudios regulares o profesionales de un arte u oficio que le impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente".

Se podrán deducir gastos vinculados a la educación de los hijos o hijastros del contribuyente.

Además, también se incorporó al período fiscal 2022 la posibilidad de deducir de Ganancias los "gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas abonados por el empleador", el cual "no podrá exceder el importe que resulte de incrementar en cuatro veces el monto de la ganancia no imponible".

Cuatro claves de la nueva deducción de AFIP

Ante la reglamentación de la AFIP de las nuevas deducciones dispuestas para el impuesto a las Ganancias, el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, repasó las cuatro claves de la medida.

1. ¿Quiénes son las "cargas de familia" por las cuales se pueden deducir estos gastos?

Se podrán deducir gastos vinculados a la educación de los hijos o hijastros del contribuyente en caso de que este sea menor de 18 años o se encuentre incapacitado para el trabajo.

Por su parte, para los mayores de edad y hasta los 24 años inclusive, los jóvenes deberán estar cursando estudios regulares o profesionales de un arte u oficio que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse.

Para que los hijos revistan carácter de cargas de familia, "deberán estar a cargo del contribuyente y no tener ingresos superiores a la ganancia mínima no imponible del año que corresponda", aclara Domínguez.

2. ¿Cuáles son los ingresos a considerar? 

 Para 2022 y 2023 los ingresos a considerar son:  

  • Período Fiscal 2022: $ 252.564,84 
  • Período Fiscal 2023: $ 451.683,19

En el caso de los jóvenes de entre 18 y 24 años, estos no deben registrar "ingresos netos de toda clase de ganancias, reales o presuntas, beneficios y/o entradas periódicas o eventuales" superiores a dichos importes.

Se podrán deducir gastos vinculados a la educación de los hijos o hijastros del contribuyente.

En este sentido, Domínguez remarca que "de acuerdo a esta definición tan amplia, podría considerarse que las mesadas son entradas periódicas". Y explica que, si así fuera, "si un hijo recibió en 2022 mesadas por importes superiores a $ 252.564 ($ 21.047 por mes) no serían deducibles los gastos de educación", un punto "para nada razonable", según el tributarista.

3. ¿Cuáles son los de gastos a deducir?

Los gastos a deducir son:

  • Los servicios educativos; y 
  • La compra de herramientas destinadas a la educación.

Los servicios educativos comprenden a "los servicios prestados por establecimientos educacionales públicos y/o privados incorporados a los planes de enseñanza oficial". Además, también incluye a las clases particulares y a las guarderías y jardines.

Respecto a las herramientas destinadas a la educación, quedan comprendidas:

  • Útiles escolares
  • Guardapolvos; y
  • Uniformes

4. ¿Cuál es el monto máximo para deducir?

"La ley establece que el monto máximo a deducir tiene un límite que es el 40% del monto de la ganancia mínima no imponible que corresponda al período fiscal", explica el tributarista. Así, los límites para la deducción son:

Período Fiscal 2022

Período Fiscal 2023

Para todo el año

$ 101.025,94

$ 180.673,28

Promedio mensual

$ 8.418,82

$ 15.056,10

Ante esto, el ahorro máximo para un contribuyente que está tributando a la alícuota del 35% podría ser de:

Período Fiscal 2022

Período Fiscal 2023

Para todo el año

$ 35.359,08

$ 63.235,65

Promedio mensual

$ 2.946,59

$ 5.269,64

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