En esta noticia

Si una persona jubilada decide reinsertarse en el mercado laboral, no perderá su pensión, sin embargo, deberá cumplir con una obligación fundamental: notificar el reingreso a ANSES y abonar aportes previsionales.

El descuento será del 11% sobre el salario, destinado al Fondo Nacional de Empleo. Este aporte no genera derecho a reajuste en la jubilación, puesto que no se contabiliza para incrementar el haber.

¿A quiénes les corresponde notificar el reingreso?

Esta disposición se aplica a jubilados que reanuden actividades laborales bajo relación de dependencia o en calidad de autónomos. El procedimiento es de carácter obligatorio y debe ejecutarse en una oficina de ANSES, sin necesidad de solicitar un turno previo.

Casos especiales

  • Retiro estatal y empleo público: el jubilado que se desempeñe en la administración pública debe elegir entre su salario o la prestación previsional.
  • Regímenes especiales (tareas riesgosas o insalubres): se prohíbe el retorno a trabajos que presenten las mismas condiciones que antes.
  • Jubilación por invalidez: no se autoriza la reingreso a trabajos en relación de dependencia. En caso de contravenir esto, se suspenderá el pago de la prestación. Solamente se permite la actividad autónoma.

Documentación necesaria

  • DNI.
  • Último recibo de cobro.
  • Formulario PS 6.10 (Declaración de Reingreso), firmado por el jubilado y el empleador, con certificación bancaria, previsional, judicial o notarial.

¿Cómo hacer el trámite?

  1. Reunir la documentación y certificar las firmas.
  2. Presentarse en una oficina de ANSES con todos los papeles.
  3. Verificar datos personales y vínculos familiares en Mi ANSES.
Gobierno les quitará un 11% de la pensión a quienes trabajen después de los 60 años
Gobierno les quitará un 11% de la pensión a quienes trabajen después de los 60 años

¿Por qué se aplica el descuento?

El aporte del 11% busca sostener el sistema previsional y garantizar el financiamiento del Fondo Nacional de Empleo. Aunque el jubilado vuelve a aportar, estos pagos no modifican el haber ni generan beneficios adicionales.

¿Qué pasa en caso de que no se informe?

No declarar el reingreso puede generar sanciones y problemas en la liquidación de haberes. Por eso, ANSES recomienda cumplir el trámite apenas se retome la actividad.