

La Sala 2 de la Cámara Laboral de Jujuy resolvió recurrir a la reforma laboral en una causa por despido que se remonta a 2014. Los jueces Susana Raed y Germán Parra decidieron aplicar taxativamente lo que establece la normativa impulsada por Javier Milei y sancionada por el Congreso respecto del cálculo de intereses de la indemnización, plasmado en su artículo 55.
Con el nuevo criterio, la indemnización que deberá percibir el trabajador —que ya contaba con un fallo favorable— pasó de unos $ 6 millones a casi $ 160 millones, según estimaciones del caso.
Se trata de una sentencia firme, aunque fue apelada ante la Corte de Justicia, que deberá definir si corresponde su aplicación y fijar una postura sobre el punto, ya que es la primera vez que se aplica la ley vigente de forma retroactiva.
Un expediente con varias idas y vueltas
El caso corresponde a un despido indirecto ocurrido en julio de 2014. El expediente tuvo múltiples instancias: la primera sentencia fue en septiembre de 2024, cuando se rechazó la demanda del trabajador; la segunda llegó en agosto del año pasado, cuando la Cámara Laboral revirtió el fallo inicial y condenó a las empresas a pagar la indemnización; y la tercera se dio en octubre siguiente, cuando el juez de primera instancia definió qué ítems debían considerarse para el cálculo.
Tras la apelación de las partes, el expediente llegó a la Sala 2, que dictó la resolución que ahora genera repercusión. Según fuentes oficiales consultadas, se trata del primer fallo de estas características: aunque en la Sala 1 hay expedientes en trámite, hasta el momento no existían sentencias sobre la aplicación o no del artículo 55 de la ley 27.802.

La diferencia entre los dos cálculos
El impacto de la decisión judicial se explica por el método de actualización elegido. Según el cálculo presentado por el abogado en el expediente, partiendo de un crédito nominal histórico cercano a los $ 800.000, su actualización mediante la doctrina Huaquinchay (plenario de la Corte de Justicia) arroja $ 5.822.000, suma que el profesional calificó de “irrisoria” tras 22 años de trabajo y 12 de espera. En cambio, la aplicación del artículo 55 de la ley 27.802 conduce a $ 158.000.000.
Las empresas condenadas y los próximos pasos
El caso involucra a un hombre despedido sin causa, por el que fueron condenadas tres empresas: Arraigo S.R.L., Fabritex S.A. y Milatex S.A., todas representadas en el expediente por el abogado Roy Kirby.
Consultado sobre la sentencia, Kirby la calificó de “sorpresiva” y confirmó que la semana pasada presentó el recurso extraordinario por inconstitucionalidad ante la Corte de Justicia local.














