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Tras la resolución en contra al pedido de la alianza La Libertad Avanza (LLA) para modificar el orden de su lista de candidatos y colocar a Diego Santilli al frente, en el Gobierno esperabanuna segunda mala noticia para el partido de Javier Milei. Hoy por la mañana, ingresó finalmente la apelación de los apoderados del partido libertario mientras se preparan para la deifnición sobre el segundo pedido del Gobierno con respecto a la boleta.

Acorde al clima que recogieron de la audiencia con el juez federal Alejo Ramos Padilla, con competencia electoral en la Provincia de Buenos Aires, y otros apoderados partidarios, desde el oficialismo vaticinaban otro rechazo al pedido de reimprimir la boleta única papel en el territorio más voluminoso del país.

La Libertad Avanza presentó una apelación ante la Cámara Nacional Electoral contra el fallo del juez con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 7° del Decreto 171/2019 y ordenado una reconfiguración de la lista de candidatos a diputados nacionales. La alianza pidió que se revoque la resolución dictada el 8 de octubre y se mantenga el corrimiento previsto tras la renuncia de José Luis Espert, Lucía Bernardoni y María Gabriela Gobea.

En su escrito, los apoderados de LLA sostuvieron que el decreto cuestionado "no sólo no contradice el Código Electoral Nacional, sino que lo complementa armónicamente, cubriendo una laguna reconocida por la propia Corte Suprema en el fallo ‘Juntos por el Cambio'". Según argumentaron, la decisión del magistrado "elimina, convenientemente para la tesis del juez, la regla de movilidad ascendente por género", generando una solución "arbitraria" que no respeta la paridad prevista por la Ley 27.412.

El recurso también plantea que Ramos Padilla interpretó erróneamente el precedente de la Corte Suprema, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 7° sólo para un caso puntual. "La situación actual versa sobre candidatos a diputados y sí respeta estrictamente la pauta dispuesta por el artículo 60 bis del Código Electoral Nacional", afirmaron los letrados.

LLA citó además jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral, que en el caso Souto c/ Cámara de Diputados validó el reemplazo por candidatos del mismo sexo según el orden de lista. "El decreto 171/2019 no hace más que replicar un mecanismo ya previsto en la ley", sostuvieron.

Y calificaron la sentencia de "arbitraria y contradictoria" por basarse en "meras especulaciones" sobre las renuncias de las dos candidatas, junto con Espert. En ese sentido, cuestionaron que el magistrado haya interpretado que las dimisiones "habrían tenido como único propósito garantizar la aplicación de lo dispuesto por el artículo 7° del Decreto N° 171/2019", pese a que "no existe en el expediente ninguna prueba objetiva que permita arribar a una conclusión de ese tenor".

Para los apoderados, el juez "optó por forzar una interpretación de los hechos, acomodándolos a sus propias valoraciones subjetivas, con el único fin de obstaculizar la aplicación del régimen jurídico vigente". Por ello, solicitaron que la Cámara "revoque la decisión en crisis" y "reconozca la aplicabilidad del artículo 7° del Decreto 171/2019" y advirtieron que en caso contrario se "socava la seguridad jurídica" del proceso electoral.

En la audiencia que tuvo lugar por la mañana, convocada por el magistrado, se escucharon los argumentos presentados por los apoderados de LLA y algunas de las fuerzas electorales que compiten en la Provincia. También se analizó la información que el martes por la noche presentó el Ministerio del Interior con el detalle de los costos de reimprimir las BUP bonaerenses y la capacidad de cubrir la demanda en el menor tiempo posible.

"La reimpresión en términos de tiempo es factible. Pero la decisión depende de la Justicia y vamos a acatar la orden. Nosotros fuimos muy cuidadosos en el manejo de los fondos públicos para el proceso electoral y eso nos llevó a tener un ahorro de 15.500 millones de pesos respecto de la previsión presupuestaria. Eso está disponible", comentó Catalán al término de la audiencia.

En la respuesta al oficio emitido por la Justicia, el ministerio informó el martes por la noche que el costo estimado de reimprimir la totalidad de las boletas asciende a $12.169 millones y que no sería necesario un nuevo proceso licitatorio: la tarea se realizaría mediante una adenda al convenio vigente entre la Vicejefatura de Gabinete del Interior y Correo Argentino (CORASA), que coordina la producción y distribución de las BUP.

De este modo, la impresión quedaría a cargo de cuatro adjudicatarios -DP Argentina, Su Papel-Ramón Chozas, Boldt-Ipesa y Artes Gráficas del Litoral-Print-Oportunidades-, que cuentan con seis plantas activas en condiciones de ejecutar el proceso. Y que podrían cubrir la demanda en un plazo total de cinco días por lote, con una capacidad conjunta de3,3 millones de boletas diarias. Una vez aprobados los modelos finales, las empresas podrían entregar las partidas completas en menos de una semana.

No obstante, fuentes del oficialismo que monitorearon las conversaciones en La Plata confirmaron a El Cronista que la definición se encamina a una resolución contraria al planteo del La Libertad Avanza, a juzgar por el resultado de la audiencia.

A la espera de conocer el fallo con los argumentos de Ramos Padilla, todo apunta a que no estarían dados los márgenes necesarios para garantizar la operación de forma tal de garantizar la cobertura total de la oferta electoral, al entender de la Justicia. E incluso si lo concediera, cualquier impugnación dilataría aún más los tiempos.

"Es derecho electoral, deberían resolver pronto", se lamentó un interlocutor de LLA ante El Cronista. El mismo magistrado dejó en claro que se trataba de "una situación muy compleja en cuanto a los términos". Así y todo no adelantó una definición hasta tanto no analizaran con la Junta las alternativas a partir de la información recogida y las posturas del resto de las fuerzas políticas.

Frente a esa situación, el equipo legal de LLA ultimaba la primera de las apelaciones contra la decisión contraria a sus planteos. Según confirmaron a este medio, se trataría de dos presentaciones separadas, una por el orden de la lista y la otra -siempre que resulte negativa al planteo- vinculada a la reimpresión de la BUP.


Cómo queda la boleta de La Libertad Avanza tras la decisión de la Justicia electoral

El fallo, firmado este martes poco antes de la audiencia convocada por la Justicia electoral para definir la reimpresión de la BUP, impide a LLA reconfigurar su lista ya oficializada y ordena mantener el corrimiento natural ascendente: en lugar de Espert, la lista quedará encabezada por Karina Celia Vázquez, conocida como Karen Reichardt, seguida por Santilli en el segundo lugar.

Pese a ello, la boleta que las y los electores se encontrarán en el cuarto oscuro el 26 de octubre seguirán teniendo al renunciado José Luis Espert como cabeza de lista, acompañado por Reichardt. Ya que el modelo de BUP solo contempla las imágenes de las dos primeras candidaturas, aunque Diego Santilli será en términos legales el segundo candidato de LLA en la Provincia, en la boleta seguirá figurando tercero, solo con su nombre, al igual que los dos lugares restantes de la nómina.

Fuentes del Gobierno confirmaron a El Cronista que la decisión es apelar ambas decisiones del juez, más allá que los antecedentes de los tribunales de alzada se ubican en el mismo renglón doctrinario que el fallo de hoy en lo que refiere al cambio de orden y sabiendo que no hay precedentes en cuanto a la reimpresión de la BUP aunque tampoco hay una obligación en la norma, al contrario. "Tenemos que hacerlo por una cuestión política", remarcó un vocero del partido ante la consulta de este medio.

Tras el anuncio de renuncia de Espert el 5 de octubre, los apoderados libertarios formalizaron el pedido de reordenar la lista al día siguiente, sumando además las renuncias de dos candidatas mujeres: Lucía Benardoni (puesto 34) y María Gabriela Gobea (suplente 5). Argumentaron que, para preservar la paridad de género, debía aplicarse el art. 7 del Decreto 171/2019 -que prevé reemplazar al renunciante por una persona del mismo género-, lo que permitiría que Santilli, también varón, pasara al primer lugar.

Esa maniobra fue objetada por otras agrupaciones políticas, entre ellas Potencia, Unión Federal y por la apoderada de Malena Galmarini, quienes coincidieron en que el decreto no puede utilizarse para alterar el orden de listas ya oficializadas. Todos reclamaron que se respete el corrimiento ascendente de la lista original, con la segunda candidata ocupando el primer lugar, conforme a la Ley de Paridad de Género (27.412).

El Ministerio Público Fiscal, a cargo de la fiscal María Laura Roteta, ya había dictaminado en el mismo sentido ayer: sostuvo que el pedido de LLA implicaría "tolerar que el remedio (la paridad) se vuelva en contra del propio colectivo protegido", generando una regresión en los derechos políticos de las mujeres. Aunque su opinión es no vinculante, el juez Ramos Padilla coincide en los argumentos.

Ramos Padilla coincidió con la fiscalía en que la reglamentación del Poder Ejecutivo excede sus facultades constitucionales. Según el fallo, el artículo 7 del Decreto 171/2019, que ordena reemplazar a un candidato renunciante por otro del mismo género, puede aplicarse solo en casos intermedios de la lista -para conservar la alternancia hombre-mujer-, pero no al primer puesto, ya que esa vacante no afecta la paridad.

Se trata del mismo criterio que había aplicado la Cámara Nacional Electoral y que luego ratificó la Corte Suprema en la demanda que inició la entonces candidata de Juntos por el Cambio, en 2019, Lucila Crexell para quedar al frente de la boleta neuquina para el Senado, tras el fallecimiento de Horacio "Pechi" Quiroga.

De hecho, el juez recordó que tanto la Cámara Nacional Electoral como la Corte Suprema ya habían declarado la inconstitucionalidad de ese artículo en el precedente "Juntos por el Cambio - Elección general 2019", cuando se intentó reemplazar a un senador varón fallecido por otro hombre en perjuicio de una candidata mujer. Aplicar el decreto, sostuvo en su resolución Ramos Padilla, "implicaría alterar el espíritu de la ley y vulnerar la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres".

En el caso actual, añadió, la situación se agrava porque la vacante no surge de un hecho fortuito -como una muerte o incapacidad- sino de renuncias voluntarias, incluidas las de dos mujeres "con textos llamativamente idénticos".

Según el magistrado, eso "fuerza artificialmente una situación de inconstitucionalidad" para justificar el ascenso de Santilli, y "permite que 16 varones adelanten posiciones en detrimento de las candidatas mujeres", contraviniendo los principios de paridad establecidos por la Constitución y los tratados internacionales. En otras palabras, se quiebra el espíritu originario de la norma.


Santilli candidato: qué resolvió la Justicia y cómo queda la boleta de LLA

En su fallo de 24 páginas, el juez federal con competencia electoral Alejo Ramos Padilla resolvió entonces tener por presentadas las renuncias de Espert, Benardoni y Gobea a sus candidaturas en la lista de La Libertad Avanza por la provincia de Buenos Aires pero declarar inconstitucional la aplicación del artículo 7 del Decreto 171/2019 que reglamenta la normativa de paridad de género en cargos electivos y con ellos su aplicación en este caso para el reemplazo del primer candidato titular.

De este modo, resolviói rechazar el corrimiento solicitado por LLA y mantener el orden original de la lista, con el corrimiento ascendente general en bloque de forma tal que para a encabezar la nómina la segunda candidata de la boleta original, Reichardt, seguida por Diego Santilli. El magistrado subrayó que el Congreso -no el Poder Ejecutivo- es el único habilitado por la Constitución (art. 75 inc. 23) para dictar medidas de acción positiva en materia electoral.

El fallo llega en un momento de máxima tensión interna en el oficialismo bonaerense, tras la salida de Espert y las disputas por la conducción de la campaña legislativa. La decisión de Ramos Padilla deja a La Libertad Avanza sin posibilidad de colocar a Santilli al frente de la boleta, consolidando una interpretación judicial que refuerza el principio de paridad de género y acota la discrecionalidad de los partidos para rediseñar sus listas después de su oficialización.

A las 10:30 está convocada la audiencia a la que citó Ramos Padilla a los apoderados legales de cada una de las fuerzas representadas en la Boleta Única Papel para la Provincia de Buenos Aires con el fin de determinar si da curso al segundo pedido de los apoderados de LLA de reimprimirla.

A esa reunión asistirá también el ministro del Interior, Lisandro Catalán, que anoche presentó en el juzgado la información requerida por el magistrado respecto a costos de esta operación y cómo se orquestaría el procedimiento y sus tiempos ya que todo el proceso original demandó una licitación.