El futuro de Télam

¿Se necesita una ley para cerrar la agencia? La clave en un artículo del mega DNU

Pese al fracaso de la ley ómnibus, que incluía su privatización, existe un punto en el decreto presidencial que afecta a sus más de 700 trabajadores. Qué dicen los constitucionalistas

Tal cual había prometido el presidente Javier Milei en campaña y ratificó en la Asamblea Legislativa, el gobierno de La Libertad Avanza puso en marcha el cierre de la agencia de noticias Télam. 

Esta mañana, la redacción apareció vallada, se les otorgaron licencias a los trabajadores y se suspendió la web de la agencia. La duda que se desató es si el Gobierno puede cerrar de forma unilateral Télam o si la decisión final está en manos del Congreso.

Además del fracaso de la ley ómnibus, que incluía la privatización de la Télam, las esperanzas de los más de 700 trabajadores de la agencia de noticia del Estado estaban puestas en la Ley 20.705, que creó las Sociedades del Estado. 

En su artículo 5, esa normativa establece que esas sociedades "no podrán ser declaradas en quiebra". También que "sólo mediante autorización legislativa podrá el Poder Ejecutivo resolver la liquidación de una sociedad del Estado".

En 2002, cuando Eduardo Duhalde era presidente, firmó el decreto de transformación de Télam en Sociedad del Estado. Es decir, con ese decreto, la agencia de noticias podría haber quedado a salvo de la decisión del gobierno de La Libertad Avanza.

Pero el polémico DNU 70 trastocó el panorama. En el artículo 40 del mega decreto que rige desde finales de diciembre derogó la Ley 20.705.


Qué dicen los constitucionalistas sobre el cierre de Télam

Es por eso que los abogados constitucionalistas consideran que la agencia creada en 1945 puede ser cerrada por decisión del Poder Ejecutivo. 

En palabras de Andrés Gil Domínguez, la agencia debería haber sido cerrada por una ley sancionada por el Congreso, "porque es una sociedad del Estado, lo que pasa que el DNU derogó esa ley".

De todas maneras, el abogado, en Twitter, explicó que "el DNU 70/2023 en el art. 40 derogó la ley 20.705 sin establecer que la misma tiene efectos retroactivos (art. 7 del Código Civil y Comercial). Su eficacia se proyecta exclusivamente a futuro impidiendo crear nuevas sociedades del Estado".

Asimismo, señaló: "El DNU 70/2023 en el art. 48 establece que todas las sociedades del Estado deben transformarse en sociedades anónimas en un plazo de 180 días, y una vez que esto suceda, se aplicará la ley de sociedades 19.550".

Para luego rematar: "El cierre de Télam viola las normas del DNU 70/2023. Télam primero debe convertirse en una sociedad anónima y después aplicando la ley de sociedades 19.550 podrá disolverse. Un gobierno desconociendo su propia normativa de emergencia es realmente preocupante y desopilante."

Milei reiteró su voluntad de cerrar Télam el 1 de marzo.

En igual sentido se pronunció su colega Félix Lonigro, quien también recordó que la Ley 20.705 fue derogada por el DNU 70 de Milei.

¿Qué puede pasar con los 700 trabajadores? Lonigro recordó otra ley, la de empleo público, y señaló que "si son personal estable, los ponen en disponibilidad hasta por un año según la antigüedad, y luego los reubican o los indemnizan".

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