

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó una medida clave para el sector industrial. A través de la Resolución General 5870/2026, el organismo resolvió extender la suspensión de ejecuciones fiscales para empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial de la Ley 22.021.
La prórroga regirá desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2027 y alcanza exclusivamente a obligaciones cuya condonación fue prevista por la Ley 27.341. En detalle, la resolución impide que el Estado impulse acciones judiciales de cobro a firmas de este sector durante el nuevo plazo.
Esta suspensión de ejecuciones fiscales no es nueva, sino que forma parte de una serie de extensiones sucesivas. La extensión comenzó con la Resolución General 4129 y fue ratificada por más de una decena de normas posteriores. El último plazo vigente caducaba el 30 de junio de 2026, es decir, este martes, lo que obligó a dictar un nuevo aplazamiento.
Qué dice la resolución
La medida se fundamenta en las diferencias surgidas por la utilización de bonos de crédito fiscal en el marco de los antiguos regímenes de promoción industrial. En 2017, el Congreso dispuso la posibilidad de condonar esas deudas cuando las empresas acreditaran, mediante el correspondiente Certificado de Cumplimiento Promocional, que reunían las condiciones previstas por la norma.
Sin embargo, el proceso administrativo continúa sin completarse para un conjunto de expedientes. Por eso, ARCA justificó la prórroga debido a la cantidad de solicitudes que aún permanecen pendientes de resolución definitiva.

“Conforme los tiempos insumidos para la emisión de los certificados, su posterior evaluación por parte de las distintas áreas intervinientes y la existencia de solicitudes pendientes de resolución, corresponde extender la suspensión de las ejecuciones fiscales hasta el 30 de junio de 2027 inclusive", señaló el texto oficial.
La decisión elimina así, por un año más, el riesgo de enfrentar ejecuciones fiscales mientras los expedientes permanecen bajo revisión. Cabe señalar que la suspensión no implica la extinción automática de las obligaciones, sino que preserva la situación procesal de las compañías hasta que la administración defina si corresponde otorgar el beneficio legal.
En la elaboración de esta norma intervención la Dirección de Legislación y las subdirecciones de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Recaudación. También contó con el aval de la Dirección General Impositiva (DGI), asegurando que la medida cumpla con todos los requisitos legales vigentes.
De esta modo, ARCA apunta a finalizar la verificación del cumplimiento de las empresas. Por lo tanto, este grupo de empresas no enfrentará conflictos judiciales mientras continúen pendientes las evaluaciones administrativas.


















