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Cuidado con ARCA: el nuevo límite en transferencias que puede meterte en problemas legales

La agencia de recaudación actualizó los montos a partir de los cuales las billeteras virtuales y los bancos deberán informar las operaciones de sus clientes.

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El Gobierno de Javier Milei anunció que, a partir del 2025, las billeteras virtuales y los bancos estarán obligados a informar las operaciones de sus clientes que superen determinados montos. 

La medida, dispuesta por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), tiene como objetivo detectar inconsistencias entre los movimientos financieros y la situación patrimonial declarada por los contribuyentes. En caso de encontrar irregularidades, se dará inicio a un proceso de fiscalización

Este procedimiento, vigente desde 2018, actualiza los montos de manera automática cada seis meses, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC. 

Cuidado con ARCA: ¿cuáles son los nuevos límites en transferencias?

A través de un comunicado, la agencia de recaudación indicó que, desde 2025, las billeteras virtuales deberán informar las transferencias que superen los $ 600.000. Además, el tope mensual de transferencias a se actualizó a $ 2.000.000.

En el caso de los bancos, deberán hacerse cargo de la situación cuando los consumos con tarjetas de débito superen ese monto. También se estableció un nuevo tope de $ 1.000.000 para los siguientes casos:

  • Total de acreditaciones registradas en el mes. 
  • Total de depósitos a plazo constituidos en el mes. 
  • Extracciones en efectivo, tanto en el país como en el exterior.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes. 
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes. 

Además, en cuanto a las transferencias, las entidades y billeteras virtuales deben informar las operaciones realizadas, los montos y tipo de movimiento, y la cuenta de emisión y destino. 

¿Qué pasa si las transferencias superan estos montos?

Desde ARCA aclararon que esta medida no afecta directamente a los clientes bancarios y de billeteras virtuales, ya que se trata de un régimen de información obligatorio para las entidades. 

Sin embargo, si los movimientos reportados no son consistentes con la situación patrimonial declarada por el cliente, se inicia un proceso de fiscalización. Este puede comenzar de diferentes maneras:

  • El contribuyente es citado para que brinde las respuestas y presente la documentación que respalde su situación patrimonial. 
  • Se envía al contribuyente un requerimiento por escrito, en donde se le otorga un plazo para responder sobre las inconsistencias detectadas y aportar la documentación requerida. 
  • El caso de una inspección, se inicia un proceso de revisión, control y verificación en el domicilio del contribuyente.

¿Cómo justificar los fondos para que ARCA no te investigue?

En caso de que ARCA detecte movimientos inusuales o sospechosos, el titular de la cuenta podrá ser llamado a presentar documentación que respalde su origen. Entre los documentos solicitados pueden incluirse:

  • Constancia del monotributo.
  • Tickets de compra y venta.
  • Justificación de la venta de acciones o empresas.
  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
  • Facturación de los últimos meses.
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