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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció los montos máximos permitidos para operaciones bancarias y digitales que no requieran justificación, los cuales entraron en vigencia en abril de 2026.
Los bancos y billeteras virtuales deberán reportar automáticamente cualquier movimiento que supere estos topes. Por lo tanto, es esencial conocer los límites vigentes para evitar bloqueos o solicitudes de documentación.

ARCA vigila: cuáles son los límites que encienden las alertas
A partir de junio de 2025, el Gobierno nacional modificó los límites que supervisa la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en relación con transferencias y otras transacciones bancarias.
Estos montos permanecerán en vigor durante los próximos meses y establecen el umbral a partir del cual bancos y billeteras virtuales pueden solicitar justificaciones sobre el origen de los fondos.
A continuación, se presentan los montos máximos que se pueden operar sin necesidad de informar a ARCA en diciembre de 2025:
- Transferencias y acreditaciones: hasta $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.
- Extracciones en efectivo: límite de $ 10.000.000.
- Saldos bancarios al cierre del mes: máximo de $ 50.000.000 para particulares y $ 30.000.000 para empresas.
- Plazos fijos: hasta $ 100.000.000 en personas físicas y $ 30.000.000 en jurídicas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: tope de $ 100.000.000 para individuos.
- Compras como consumidor final: se permiten hasta $ 10.000.000 sin necesidad de justificar.
- Pagos de todo tipo: límite de $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.
Cómo justificar los ingresos en caso de exceder los límites
Aunque no existe un límite en la cantidad de operaciones mensuales, se supervisa el monto total acumulado. En caso de superarse, el sistema activa un reporte automático a ARCA.
En caso de que un individuo o entidad exceda los límites establecidos, ARCA tiene la facultad de requerir documentación que acredite el origen de los fondos. Entre los documentos que pueden ser solicitados se encuentran:
- Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación
- Declaraciones juradas de impuestos
- Facturas por ventas o servicios
- Constancias de transferencias anteriores
Si el contribuyente no logra justificar los fondos, la agencia puede imponer sanciones económicas e incluso suspender temporalmente las cuentas implicadas.













