

Desde febrero de 2026 entran en vigencia nuevos valores del monotributo tras la actualización semestral publicada por ARCA. Los cambios impactan tanto en los topes de facturación anual como en los montos mensuales a pagar, y se aplican para el período de febrero a agosto de 2026.
La modificación responde al ajuste automático por el IPC acumulado del segundo semestre de 2025, que arrojó una suba estimada del 14,29 %. Con este incremento, se redefinen las categorías del régimen simplificado y se encarece el costo fiscal frente a los valores vigentes durante 2025.
¿Cuáles son los nuevos límites de facturación del Monotributo desde febrero?
Uno de los cambios centrales se da en los ingresos brutos anuales máximos permitidos para cada categoría. Según el nuevo cuadro oficial, los topes quedan de la siguiente manera:
- Categoría A: hasta $ 10.277.988,13
- Categoría B: hasta $ 15.058.447,71
- Categoría C: hasta $ 21.113.696,52
- Categoría D: hasta $ 26.212.853,42
- Categoría E: hasta $ 30.833.964,37
- Categoría F: hasta $ 38.642.048,36
- Categoría G: hasta $ 46.211.109,37
- Categoría H: hasta $ 70.113.407,33
- Categoría I: hasta $ 78.479.211,62
- Categoría J: hasta $ 89.872.640,30
- Categoría K: hasta $ 108.357.084,05
Estos valores son determinantes para definir si corresponde mantener la categoría, recategorizarse o salir del régimen simplificado.
¿Cuánto se paga de monotributo desde febrero 2026?
Además de los topes de ingresos, la actualización también impacta en la cuota mensual, que varía según se trate de prestación de servicios o venta de bienes. Los nuevos importes mensuales son:
- A: $ 4.780,46 (servicios) / $ 4.780,46 (ventas)
- B: $ 9.082,88 / $ 9.082,88
- C: $ 15.616,17 / $ 14.341,38
- D: $ 25.495,79 / $ 23.742,95
- E: $ 47.804,60 / $ 37.924,28
- F: $ 67.245,13 / $ 49.398,08
- G: $ 122.379,76 / $ 61.189,87
- H: $ 350.567,04 / $ 175.283,51
- I: $ 697.150,35 / $ 278.860,14
- J: $ 836.580,42 / $ 334.632,18
- K: $ 1.171.212,59 / $ 390.404,20
Con este esquema, el régimen simplificado muestra un aumento significativo respecto de 2025, especialmente en las categorías más altas.
¿Hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse en febrero?
La recategorización tiene como fecha límite el 5 de febrero de 2026 y se realiza de manera digital en la web de ARCA. El procedimiento incluye:
- Ingresar con CUIT y clave fiscal.
- Seleccionar “Recategorizarme”.
- Confirmar los datos de los últimos 12 meses (ingresos, superficie, energía y otros parámetros).
- Generar el Formulario F.184 y descargar la nueva credencial de pago.

¿Quiénes no deben recategorizarse?
No están obligados a realizar el trámite:
- Quienes no cambian de categoría según sus parámetros.
- Quienes aún no cumplieron seis meses desde el inicio de actividades.
Cuando se excede el tope de una categoría sin regularizar la situación, ARCA puede aplicar multas equivalentes al 50 % del impuesto integrado y de los aportes previsionales, además de reclamar diferencias retroactivas.
En los casos más graves, el contribuyente puede verse obligado a salir del monotributo y pasar al régimen general, con mayores exigencias fiscales.












