

La tasa de intereses resarcitorios por falta de pago en término de obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras que aplica la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se
reducirá del 12,07% al 6,41% mensual para el bimestre junio/julio 2024.
Esta marcada disminución se debe a que el Banco Nación redujo la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente, utilizada como base para determinar la tasa de intereses resarcitorios.
Además, la tasa de intereses punitorios bajará del 13,93% al 7,39% mensual, hundiéndose un 46,95%.
"A pesar de esta significativa baja, la tasa de intereses resarcitorios sigue siendo superior a la que puede obtener un contribuyente mediante una inversión financiera", consideró Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios..
Según su análisis, la baja busca evitar que algunos contribuyentes se financien con los impuestos y realicen inversiones financieras con mayor rendimiento, afectando las cuentas públicas.

En el caso de micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro existenplanes de pago con reducciones de la tasa de intereses resarcitorios en un 40% y 50%.
En esos casos, podría llegar a suceder que el rendimiento financiero de inversiones sea similar o un poco superior a la tasa de intereses resarcitorios.
Además, es una asignatura pendiente que elMinisterio de Economía fije la misma tasa de interés para las devoluciones, acciones de repetición, entre otras que interponen los contribuyentes, evaluó Domínguez.
Y aseguró que "no es justo que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora (y en muchos casos sin razones) en efectuar las devoluciones".
Intereses resarcitorios y punitorios AFIP: cómo calcularlos
La AFIPpone a disposición de los contribuyentes unsistema de cálculo de intereses resarcitorios y punitorios, "válido para obligaciones impositivas y de seguridad social desde marzo de 1993".
Allí, se pueden calcular intereses de deuda que no se encuentren en gestión judicial, que sí se encuentren bajo judicialización, y también existe la posibilidad de realizar un cálculo combinado de intereses resarcitorios y punitorios.
En la misma web también se puede ver la evolución de lastasas de intereses y se pueden calcular intereses resarcitorios, punitorios y el Coeficiente de Estabilización de Referencia (C.E.R.) para deudas aduaneras.















