Blanqueo de capitales: la decisión clave que tomó Caputo y los tiempos para sumar dólares
Pese a las alertas y ante la necesidad de ingresos, el ministro de Economía, Luis Caputo tomó una decisión sobre las fechas del Régimen de Regularización de Activos. Cómo quedan cada una de las etapas y la recaudación que se busca.
Luego de que este lunes se publicará en el Boletín Oficial la Ley Bases (Ley 27.742) y el capítulo fiscal (Ley 27.743), que contempla un nuevo blanqueo de capitales en tres etapas, el ministro de Economía, Luis Caputo tomó una decisión clave respecto a la posibilidad de modificar los plazos.
Ante la caída de la recaudación -vinculada a la baja en el nivel de actividad-, y al igual que los últimos presidentes, Javier Milei propuso y consiguió un Régimen de Regularización de Activos. Con una alícuota del 0% hasta u$s 100 mil y para montos superiores del 5%, 10% y 15% según la etapa (a pagar en dólares estadounidenses).
Dada la demora de más de seis meses en el tratamiento del apartado de "Medidas fiscales paliativas y relevantes" en el Congreso, los tributaristas alertaron sobre el tiempo en que estará vigente la "Etapa 1": desde el día siguiente de la reglamentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hasta el 30 de septiembre próximo, inclusive.
Una reglamentación que deberá estar vigente antes del próximo jueves 18 de julio, ya que en la ley se estableció que la titular del organismo, Florencia Misrahi tiene como máximo 10 días para llevarla a cabo desde la publicación de la ley, al igual que la correspondiente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Frente a ello, los especialistas aconsejaron que se haga uso de la facultad que se delegó en el artículo 23. "El Poder Ejecutivo nacional podrá prorrogar las fechas mencionadas hasta el 31 de julio de 2025, inclusive", estipularon.
Ya que según el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, en la medida en que se prorrogue la iniciativa y se implemente cuando haya indicadores de salida de la recesión será más exitosa. "Si queda como fecha límite el 30 de septiembre, inclusive la primera etapa, el blanqueo de efectivo podría no ser tan contundente", destacó.
Pero el ministro de Economía Caputo, urgido por la necesidad de ingresos a las arcas del estado, ya habría tomado una decisión al respecto. "No hay postergación", afirmaron fuentes oficiales de su entorno a El Cronista frente a la consulta.
Así, desde el día siguiente en que la AFIP publique la reglamentación hasta el 30 de septiembre, inclusive estará vigente la "Etapa 1" con alícuota del 5% para montos superiores a u$s 100 mil; desde el 1º de octubre al 31 de diciembre de 2024, inclusive la segunda, pero del 10%; y la tercera desde el 1º de enero hasta el 31 de marzo de 2025, inclusive con el 15%.
Los ingresos que se buscan
La decisión del ministro de Economía se da en medio de la caída de la recaudación en términos reales, que arrastraba más de ocho meses seguidos hasta el pasado mayo en donde repuntó principalmente por el vencimiento del saldo de Declaración Jurada del período fiscal 2023 de Ganancias de las Sociedades con cierre diciembre (factor devaluación).
En diciembre, en la hoja de ruta a los fines de déficit cero en 2024, se planteaban ingresos por 0,5% del Producto Bruto Interno (PBI) de la sumatoria del blanqueo, la moratoria y el Régimen Especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP).
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