Adiós pensiones por discapacidad | El Gobierno anunció nuevos requisitos para cobrar, ¿quiénes serán dados de baja?
Tras irregularidades, la Agencia Nacional de Discapacidad modificó los requisitos para obtener la pensión. A quiénes afectará.
Febrero trae novedades para los titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez Laboral, quienes se verán afectados por cambios en los requisitos para la obtención del beneficio.
La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) anunció modificaciones en las condiciones médicas que determinan la invalidez para trabajar, con el objetivo de garantizar la asignación equitativa de estas pensiones.
La medida, oficializada en la Resolución 187/2025, busca establecer si es pertinente el otorgamiento del beneficio tras constatar la incapacidad total y permanente.
Pensiones por discapacidad: ¿cuáles son los nuevos cambios?
"La presente normativa permite contar con una clasificación para cada aparato o sistema de los distintos grupos de afecciones psicofísicas, según sean causales de incapacidad laboral suficiente para el otorgamiento del beneficio, evaluable, baja o nula", señala el documento oficial.
De esta forma, los dictámenes quedarán así:
- Siempre favorable: "Incapacidad suficiente para generar un dictamen médico favorable a los fines del otorgamiento de la pensión, independientemente de los factores socioeconómicos".
- Evaluable: "Necesidad de mayor evaluación (para lo que se puede recurrir al baremo, a la consideración de los factores socioeconómicos, interconsultar con otros médicos u otras disciplinas o bien tener en cuenta otras patologías invalidantes fehacientemente documentadas) ya que podría llegar a generar un dictamen favorable o desfavorable debido al grado de invalidez alcanzada".
- Incapacidad baja: "Si bien producen algún grado de incapacidad, no llegaría al grado de invalidez requerida para otorgar la pensión ni aun teniendo en cuenta los otros factores".
- Sin incapacidad: "Tiene alguna patología, pero ausencia de incapacidad".
Requisitos para la Obtención del Certificado Médico Oficial
Según el Decreto Nº 843/24, los requisitos para acceder a una Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral son:
- Incapacidad total y permanente: se considera que la incapacidad es total cuando representa una disminución del 66% o más en la capacidad laboral.
- No poseer vínculo laboral formal, ni estar inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente.
- Acreditación de identidad, edad y nacionalidad mediante el Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Residencia en el país: argentinos deben acreditar una residencia continuada de al menos tres (3) años previos a la solicitud, mientras que extranjeros deben demostrar una residencia mínima de diez (10) años.
- No estar amparado por un régimen de previsión, retiro permanente o pensión contributiva o no contributiva.
- En caso de menores de edad, no tener parientes obligados legalmente a proporcionarles alimentos, o que estos se encuentren impedidos para hacerlo.
- No poseer bienes, ingresos ni recursos suficientes que permitan la autosubsistencia. La ANDIS establecerá los criterios socioeconómicos para evaluar el cumplimiento de este requisito.
- No encontrarse detenido en establecimientos penitenciarios o a disposición de la justicia.
¿Cómo realizar el trámite para obtener la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral?
Las solicitudes deben presentarse ante la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), que evaluará cada caso en base a la documentación médica y socioeconómica presentada. Los pasos incluyen:
- Auditoría del Certificado Médico Oficial (CMO) y documentación complementaria.
- Encuesta socioeconómica para evaluar la situación de necesidad del peticionante y su entorno familiar.
- Cruce de datos socioeconómicos mediante el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS).
- Consulta con organismos oficiales sobre bienes inmuebles, vehículos y beneficios previsionales.
- Verificación de identidad y residencia mediante RENAPER y la Dirección Nacional de Migraciones.
- Evaluación de ingresos de familiares obligados legalmente a proporcionar sustento.
- Intervención de organismos de minoridad en caso de menores sin representación legal.
- Requerimiento de documentación adicional, en caso de ser necesario.
- Corroboración del cumplimiento de requisitos y eventual otorgamiento de la pensión.
¿Por qué razones pueden dar de baja la prestación?
El Certificado Médico Oficial (CMO) es un documento fundamental para la gestión de las Pensiones No Contributivas por Invalidez. Legitima el diagnóstico de la persona solicitante y habilita el cobro de la prestación a través de ANSES.
El beneficio podrá ser suspendido o dado de baja en los siguientes casos:
- Incumplimiento de las obligaciones establecidas.
- Incomparecencia injustificada a citaciones oficiales.
- Detección de irregularidades que impliquen la caducidad del beneficio.
- Percepción indebida de haberes.
- Detención del beneficiario en un establecimiento penitenciario.
- Inconsistencias en la información del domicilio declarado.
Pasos para obtener el Formulario CMO
El Certificado Médico Oficial puede obtenerse en dos formatos:
- Formato digital: Emitido y firmado electrónicamente por un profesional de la salud y el director del centro médico, enviado electrónicamente a la ANDIS.
- Formato papel: se solicita en ANSES y debe ser completado por un médico en un centro de salud autorizado.
Con estas nuevas disposiciones, el Gobierno busca mejorar el control y la transparencia en la asignación de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral, garantizando que sean otorgadas a quienes realmente las necesitan.
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