La revolución del juego online en Argentina y su regulación
A pesar de la marcada crisis macroeconómica, la constante presión inflacionaria, las restricciones cambiarias y demás factores que impactan negativamente en la atracción de inversiones extranjeras, hoy existe una industria creciente en Argentina, en la cual muchas compañías multinacionales han puesto el foco para desembarcar e invertir en el país: el juego online.
El advenimiento de la pandemia ha expandido notoriamente la demanda de esta industria a nivel mundial y, en particular, en América latina, un mercado con mucho potencial y poca penetración. Es por ello, que la Argentina puede posicionarse a futuro como líder y referente de esta industria. Resultará clave al respecto que la regulación vigente continúe evolucionando y flexibilice algunos de sus requisitos que, como veremos más adelante, pueden constituir una barrera demasiado alta para la atracción de inversiones extranjeras.
En materia de regulaciones, el régimen de los juegos de azar no es una cuestión de índole federal, sino que son las provincias quienes deciden cómo regularlo, si es que deciden hacerlo. En tal sentido las siguientes provincias han avanzado con su regulación: Provincia de Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Corrientes, Córdoba, Tucumán, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Misiones, Santa Cruz, San Luis, Chaco, Entre Ríos y Santa Fe.
En la provincia de Buenos Aires se ha adoptado un régimen de licencias limitadas otorgadas mediante convocatorias del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires. La ley reguló únicamente siete licencias por un plazo de 15 años, las cuales ya fueron asignadas. Según la normativa las empresas extranjeras que desean aspirar a obtener una licencia deben asociarse con una local mediante la conformación de una Unión Transitoria de Empresas, así como la creación de una cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires para localizar las transacciones que se producen del negocio.
Asimismo, se encuentra prohibida toda publicidad, patrocinio o promoción, de los juegos de azar online, así como de los operadores de los juegos, sin autorización para realizar estas acciones. Esto impone a quienes explotan medios de comunicación la carga de verificar el cumplimiento del régimen.
También se establece que un porcentaje de las utilidades brutas producidas por la modalidad de los juegos online se debe destinar al Estado Nacional para atender acciones inherentes a educación, promoción y asistencia social.
Las sanciones por incumplimiento del régimen van desde apercibimiento; multas; suspensión de la licencia habilitante por un plazo determinado; revocación de la licencia e inhabilitación.
En tanto en la Ciudad de Buenos Aires, también se impone el deber de obtener un título habilitante para explotar y/u operar dicha modalidad de juego. Sin embargo, la cantidad de licencias a otorgar no se encuentra limitada de antemano y tampoco es requisito excluyente para las sociedades extranjeras la asociación con una entidad local.
Para obtener una licencia, la norma regula ciertos requisitos entre los que se encuentran el deber de los operadores de acreditar su capacidad técnica para distribuir y expender juegos en línea y presentar un plan operativo. Dicho plan deberá contener los programas de diseño y desarrollo de la comercialización y/o distribución y/o expendio de los juegos incluyendo los programas de premios atendiendo a las modalidades de las apuestas comprendidas; la promoción y marketing; la capacitación de personal; el programa de juego responsable; la política de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo; además de acreditar solvencia económica y financiera.
Los juegos en línea se clasifican en dos categorías: aquellos en los que en la determinación del resultado o en el desarrollo del juego interviene un generador de números aleatorios (Black Jack, Póker, Punto y Banca y los juegos lotéricos en línea); y aquellos en los que el resultado es determinado por un evento real cuyos resultados son futuros e inciertos, sobre el cual el apostador realiza un pronóstico y que en caso de acierto se hace acreedor de un premio (Apuestas en Línea). La norma desarrolla cada uno de estos juegos de manera extensiva, otorgándoles una definición y ciertas limitaciones según cada caso.
La adquisición y retiro de fondos correspondientes a los créditos para la participación en los juegos en línea deberán operarse en pesos argentinos, y la comisión de los operadores será de hasta el 20% de la recaudación bruta en concepto de apuestas.
Al igual que en Provincia, los operadores deberán disponer de software, hardware, material de juego y demás componentes necesarios para el desarrollo de la actividad certificados por laboratorios internacionales reconocidos por la autoridad de aplicación.
La publicidad también se encuentra regulada, apuntando a mejorar el conocimiento de los consumidores sobre el juego y sus riesgos. A su vez, los inscriptos en el Registro de Autoexclusión no podrán recibir ninguna comunicación en materia de publicidad que promueva o incite al juego.
En conclusión, entendemos que el hecho de que existan regulaciones provinciales específicas con reglas claras genera un incentivo para la atracción de inversiones. Sin embargo, también observamos ciertas barreras que podrían ser demasiado altas para algunos interesados, como la limitación de las licencias en Provincia de Buenos Aires o el hecho que las empresas extranjeras deban asociarse con entidades locales. Será interesante ver cómo evoluciona este mercado incipiente pero en franco crecimiento y, en particular, si la normativa se flexibiliza lo suficiente para acompañar la alta demanda y foco puesto en nuestro país.
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