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Los embargos del IRS quedaron bajo revisión judicial. La Corte Suprema evaluará cuánto dinero puede retener el Gobierno cuando una propiedad se vende para pagar una deuda fiscal menor que su valor real, una definición clave para miles de contribuyentes.
El debate se centra en qué significa “compensación justa”. Los jueces analizan si el dueño debe recibir solo lo obtenido en la subasta o el valor de mercado de la propiedad, un punto que puede cambiar cómo se calculan futuras ejecuciones fiscales.
¿Cuánto dinero puede retener el Gobierno en los embargos del IRS?
En Pung v. Isabella County, una familia perdió su casa por una deuda de u$s 2.242. El condado la vendió en u$s 76.008 y luego fue revendida por u$s 195.000, pese a estar tasada cerca de los u$s 200.000.
El eje constitucional incluye:
- Quinta Enmienda: exige “compensación justa” al tomar propiedad privada.
- Octava Enmienda: prohíbe sanciones excesivas.
Algunos jueces dudan que el valor de mercado sea obligatorio si la subasta fue formalmente válida.

¿Qué implica este caso para quienes enfrentan un embargo fiscal?
La Corte Suprema podría fijar un estándar nacional mínimo para estas ventas. El Gobierno sostiene que basta con notificación adecuada y puja competitiva, dejando a los estados margen para reglas más estrictas.
Para los contribuyentes, el caso deja señales concretas:
- Actuar antes de que la deuda llegue a subasta.
- Confirmar avisos y plazos oficiales.
- Revisar leyes estatales sobre compensación tras la venta.
El fallo se espera hacia fines de junio o comienzos de julio y podría redefinir cuánto dinero puede retener el Gobierno tras un embargo fiscal.













