

La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores comenzará con el último pago bimestral en noviembre. Este programa contempla en sus Reglas de Operación 2026 distintas situaciones que pueden provocar la baja del padrón de beneficiarios. Las causales están establecidas desde el inicio del ejercicio fiscal y no se trata de una nueva medida anunciada para noviembre.
Las reglas establecen 12 motivos de baja definitiva, aunque algunos requieren que previamente haya transcurrido un periodo de suspensión. Además, la normativa contempla mecanismos de reactivación en determinados casos.
Los pagos correspondientes al bimestre noviembre-diciembre se realizan durante noviembre. El calendario de la Secretaría de Bienestar establece que la entrega se distribuye del 3 al 27 de noviembre, de acuerdo con la letra inicial del primer apellido.
Cuáles son los motivos de baja
Las Reglas de Operación 2026 detallan las 12 situaciones que pueden llevar a la baja definitiva del padrón:
- CURP en estatus de defunción: cuando la confronta del padrón con el Registro Nacional de Población identifica a la persona con estatus “Baja por Defunción”.
- Defunción: cuando el fallecimiento lo notifica la persona adulta auxiliar, la Delegación de Programas para el Desarrollo, el Registro Civil o la autoridad local.
- Inconsistencias en los datos de identificación: cuando la persona permanece durante dos bimestres en la causal de suspensión correspondiente.
- Posible duplicidad: cuando la persona permanece durante dos bimestres en suspensión por esta causa.
- Inconsistencia en el medio de pago: cuando la persona permanece durante dos bimestres en suspensión por esta causa.
- No localización: cuando la persona permanece durante dos bimestres en suspensión por no haber sido localizada.
- No recoger el medio de pago: cuando la persona permanece dos bimestres en suspensión por no presentarse a recogerlo.
- Inconsistencia de datos: cuando la persona permanece durante dos bimestres en suspensión por esta causa.
- Incumplimiento de las Reglas de Operación: cuando la persona permanece durante dos bimestres en suspensión por este motivo.
- Cobro simultáneo: cuando se detectan dos o más registros de la misma persona y se realizaron cobros o depósitos de la pensión en uno o más bimestres.
- Baja voluntaria: cuando la persona derechohabiente o su persona adulta auxiliar solicita expresamente la baja.
- Residencia en el extranjero: cuando la persona cambia su domicilio y pasa a tener residencia fuera de México.

Qué pasa cuando dan de baja a un beneficiario
Cuando una persona es susceptible de baja, la instancia ejecutora no realiza la emisión del apoyo correspondiente al bimestre y registra en el padrón tanto la situación de baja como la causal correspondiente.
La Secretaría de Bienestar debe informar a la persona derechohabiente o a su persona adulta auxiliar el motivo de la baja cuando acuda a las oficinas de atención ciudadana. También debe comunicarle las acciones que puede realizar para dejar de encontrarse en esa situación.
Las reglas garantizan además el derecho de audiencia para las personas que se encuentren en baja. Esto permite que conozcan el motivo de la decisión y, cuando corresponda, puedan realizar las acciones previstas en la normativa.
Cuándo pueden volver a recibir la pensión
Las Reglas de Operación 2026 contemplan distintos supuestos de reactivación, de acuerdo con la causa que haya generado la suspensión o baja.
En el caso de una persona que causó baja, debe volver a cumplir los criterios de elegibilidad establecidos para incorporarse al programa. Entre ellos se encuentran tener 65 años o más, nacionalidad mexicana y domicilio actual en México.
En el caso de la baja voluntaria, la persona derechohabiente o su persona adulta auxiliar puede solicitar la reactivación en cualquier momento del ejercicio fiscal. Una vez reunida la documentación y si resulta favorable, la reactivación se aplica en un plazo máximo de dos meses a partir de la captura del trámite por las Delegaciones de Programas para el Desarrollo.
La pensión para las personas adultas mayores incorporadas al programa es de 6,400 pesos bimestrales durante 2026, siempre que no se encuentren en algún supuesto de retención, suspensión o baja.














