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Los trámites previsionales en México exigen especial atención para los adultos mayores residentes fuera del país. La continuidad del certificado de supervivencia o fe de vida se mantiene como una disposición obligatoria para que los pensionados del IMSS, ISSSTE e ISSFAM en el exterior puedan cobrar su depósito mensual sin interrupciones.

Este mecanismo evita suspensiones en el cobro de depósitos económicos. Si bien los residentes en territorio mexicano están exentos por la automatización digital, los beneficiarios internacionales deben cumplir el requisito para acreditar su estatus y garantizar su mensualidad de forma oportuna mediante las sedes gubernamentales correspondientes en su país de residencia.

Oficial | Hasta el lunes 31, jubilados del IMSS, ISSSTE o ISSFAM deberán presentar el certificado de supervivencia para recibir su pensión de México
Oficial | Hasta el lunes 31, jubilados del IMSS, ISSSTE o ISSFAM deberán presentar el certificado de supervivencia para recibir su pensión de MéxicoShutterstock

¿Qué pensionados deben presentar fe de vida obligatoriamente?

De acuerdo con información divulgada por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y los portales institucionales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), el trámite aplica exclusivamente a los jubilados y pensionados que radican en el extranjero.

Asimismo, los adultos mayores inscritos en la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores administrada por la Secretaría del Bienestar no realizan este proceso en consulados, ya que este beneficio social está legalmente limitado a residentes en territorio mexicano.

Oficial | Continúa el certificado de supervivencia y será obligatorio para que los jubilados cobren las pensiones si viven en el extranjero. Fuente: Shutterstock.
Oficial | Continúa el certificado de supervivencia y será obligatorio para que los jubilados cobren las pensiones si viven en el extranjero. Fuente: Shutterstock.

¿Cuándo debe realizarse la acreditación de supervivencia?

Las autoridades consulares y la SRE señalan que los periodos de cumplimiento varían según el instituto de adscripción:

  • ISSSTE e ISSFAM: exigen una comprobación semestral obligatoria. El primer pero y febrero, mientras que la segunda ventana abarca julio y agosto, fijando el 31 de agosto como fecha límite de la segunda etapa del año.
  • IMSS: exige validar la existencia física cada seis meses. El sistema del IMSS programa automáticamente la fecha límite del siguiente trámite en el comprobante consular previo.

¿Qué ocurre con el pago si no se entrega el certificado a tiempo?

Conforme a la normativa del IMSS y la Ley del ISSSTE, la omisión del certificado provoca la suspensión temporal en la nómina de pagos para evitar depósitos indebidos.

No obstante, las fuentes gubernamentales aclaran que el derecho a la pensión no se pierde definitivamente. Una vez que el beneficiario acude a la representación consular a regularizar su fe de vida, el organismo emisor reanuda la dispersión de los recursos de manera retroactiva.

¿Cómo hacer el trámite en consulados y qué documentos piden?

Según los canales informativos del Gobierno de México, el trámite consular es completamente gratuito y presencial. Se puede agendar cita a través de los sistemas oficializados por la SRE (sitio web de MiConsulado, vía telefónica o WhatsApp).

Al asistir a la cita, los interesados deben presentar:

  • Credencial de pensionista, tarjeta de filiación o identificación oficial vigente (pasaporte o matrícula consular).
  • Documento con la Clave Única de Registro de Población (CURP) o Número de Seguridad Social (NSS).
  • Último talón de pago de la pensión.
  • Fotografía reciente a color (tamaño credencial o pasaporte, según el organismo).