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Los pensionistas de la Seguridad Social española que viven en Argentina, México y otros países del extranjero deben cumplir con un trámite obligatorio: la acreditación de vivencia, tradicionalmente conocida como fe de vida. Sin ella, el pago de la pensión puede quedar suspendido.

La Seguridad Social exige este procedimiento para comprobar que el beneficiario mantiene el derecho a percibir la prestación.

Y este año llega con una novedad importante en el calendario: en 2026, la acreditación debe realizarse dos veces, en lugar de una. El primer periodo fue entre enero y marzo, y el segundo tendrá lugar en septiembre.

Las personas que deberán presentar la fe de vida para continuar con el cobro de la pensión.
Las personas que deberán presentar la fe de vida para continuar con el cobro de la pensión.Magnific

Quiénes deben presentar la fe de vida para cobrar la pensión

La obligación afecta a los pensionistas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Instituto Social de la Marina (ISM) que residan fuera de España, con independencia del país en el que vivan. Los que residen en España no tienen que hacerlo.

Por eso, los ciudadanos que cobran una pensión española y viven en Argentina, México, Francia, Alemania o cualquier otro territorio extranjero deben realizar periódicamente esta acreditación. El procedimiento permite a la Administración comprobar que el pensionista sigue con vida y mantener así el pago de la prestación reconocida.

Conviene recordar, en el caso concreto de Argentina, que existe un convenio bilateral de Seguridad Social entre ambos países, en vigor desde 2004, que permite cobrar la pensión española residiendo allí sin perder el derecho. La fe de vida es, precisamente, el trámite que garantiza la continuidad de ese cobro.

La Seguridad Social avisa a los españoles que viven en Argentina, México y otros países: este trámite es obligatorio para cobrar la pensión (foto: Magnific)
La Seguridad Social avisa a los españoles que viven en Argentina, México y otros países: este trámite es obligatorio para cobrar la pensión (foto: Magnific)Magnific

Cómo acreditar la vivencia desde Argentina u otros países

Una de las formas más sencillas de hacer el trámite es la aplicación móvil gratuita VIVESS, de la Seguridad Social, disponible para Android y Apple. Utiliza reconocimiento biométrico facial para comprobar la identidad y la vivencia del pensionista, y permite realizar la gestión desde cualquier parte del mundo sin desplazamientos.

Para acceder, el usuario puede identificarse mediante Cl@ve Permanente, DNI, Número de Identidad de Extranjero o número de expediente de la pensión. Una vez completado el proceso, la aplicación genera un justificante inmediato y, después, el INSS o el ISM confirma la acreditación. La versión de este año incorporó además nuevas funciones, como la descarga del certificado de revalorización de la pensión y del certificado de retenciones del IRPF.

La app no es la única vía. Los pensionistas también pueden presentar una fe de vida emitida por la autoridad competente del país de residencia, acreditarla ante el Registro Civil Consular (en Argentina, el Consulado de España) o realizar una comparecencia presencial o telemática ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Qué pasa si no se presenta la fe de vida

Si el pensionista no acredita su vivencia dentro del plazo, la Seguridad Social puede suspender temporalmente el pago de la pensión hasta que se complete el trámite. No implica necesariamente la pérdida definitiva de la prestación: una vez que el beneficiario vuelve a acreditar que cumple los requisitos, puede regularizar su situación ante el INSS o el ISM.

Por eso conviene prestar especial atención al nuevo calendario. En septiembre de 2026 hay que realizar la segunda acreditación prevista para este año. Y a partir de 2027, el control será aún más frecuente: la acreditación deberá hacerse tres veces al año, en enero, mayo y septiembre.