

Los afiliados bajo la Ley de 1973 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es importante que sepas que, tras recientes resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el acceso a la pensión es más sencilla. Además, ahora será posible cobrar más dinero, en caso de cumplir con los requisitos obligatorios.
El panorama de la pensión por ascendencia cambió de forma significativa en México, eliminando obstáculos que antes parecían difíciles de superar. Se trata de un fallo significativo a nivel nacional ya que hasta hace poco el IMSS otorgaba a los padres únicamente el 20% de la pensión correspondiente al hijo fallecido.

No obstante, la Corte consideró este porcentaje como discriminatorio. Ahora, cuando los padres son los únicos beneficiarios, pueden recibir hasta el 90% del monto, equiparándose a lo que percibiría una viuda.
¿Quién puede solicitar una pensión de ascendientes?
Para acceder a este beneficio económico, se deben cumplir los siguientes criterios establecidos por el IMSS y las autoridades judiciales:
- Comprobar dependencia económica: se debe demostrar que los padres dependían totalmente de los ingresos del hijo o hija fallecido, generalmente mediante una resolución emitida por un juez familiar.
- No existir otros beneficiarios: solo aplica si la persona fallecida no dejó cónyuge, concubina(o) ni hijos con derecho a pensión.
- Semanas de cotización: el trabajador debió contar con al menos 150 semanas cotizadas al momento de su fallecimiento, salvo en casos de muerte por riesgo de trabajo.
- Vigencia de derechos: el asegurado debía estar activo en el IMSS o dentro de su periodo de conservación de derechos.
¿Qué piden para la pensión de ascendientes?
Para iniciar el trámite, las autoridades solicitan la entrega de la siguiente documentación:
- Acta de defunción del hijo o hija
- Acta de nacimiento del solicitante (para acreditar el vínculo)
- Identificación oficial vigente y CURP
- Estado de cuenta de la AFORE del fallecido
- Comprobante de domicilio reciente (no mayor a tres meses)
¿Los nietos tienen derecho a la pensión de los abuelos?
En una resolución emitida en marzo de 2026, la Corte Suprema amplió el alcance de este derecho al permitir que familiares no directos -como tíos, hermanos o abuelos que hayan desempeñado un rol parental y dependieran económicamente del fallecido- también puedan solicitar este beneficio, reconociendo así la diversidad de las estructuras familiares en México.















