El aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores durante diciembre. Sin embargo, el monto que recibe cada persona no necesariamente está completamente libre de impuestos, tal es así que existe un límite de exención equivalente a 30 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
A partir del valor de la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026, fijado por el INEGI en 117.31 pesos diarios, el monto exento de ISR alcanza los 3,519.30 pesos. Por lo tanto, quienes cobren un aguinaldo superior a esta cantidad están sujetos al Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el SAT les descontará la suma correspondiente.
Esta distinción es importante debido a que suele confundirse el límite fiscal con el equivalente a 30 días de salario mínimo. Para determinar la parte exenta del aguinaldo, la referencia utilizada es la UMA, después de la desvinculación del salario mínimo.
Descuento del ISR en el aguinaldo
El artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece cuáles son los ingresos que pueden quedar exentos de este impuesto. En el caso de las gratificaciones que reciben los trabajadores por parte de sus patrones, la legislación contempla una cantidad libre de ISR y establece que el impuesto puede aplicarse sobre el excedente.
Teniendo en cuenta que la UMA diaria es de 117.31 pesos, el cálculo de las 30 UMAs que está libre de impuestos es de 3,19.30 pesos. Quienes cobren un aguinaldo susperior están obligados a pagar el impuesto.
Por ejemplo, si un trabajador recibe un aguinaldo de 10,000 pesos, el ISR no se calcula necesariamente sobre la totalidad de la prestación. De manera general, 3,519.30 pesos quedarían exentos, mientras que los 6,480.70 pesos restantes representan la parte que puede estar sujeta al impuesto.
La retención final depende del procedimiento fiscal correspondiente y de los demás ingresos que tenga el trabajador. Por ello, recibir un aguinaldo por encima del límite de exención no significa que la prestación quede gravada, sino que el impuesto puede determinarse únicamente sobre la cantidad que exceda la parte exenta.
¿Cuándo pagan el aguinaldo?
El derecho de los trabajadores a recibir esta prestación está establecido en el Artículo 87 de la LFT. La disposición señala que el aguinaldo debe ser de, al menos, 15 días de salario por cada año de servicio y que debe pagarse antes del 20 de diciembre.
Los trabajadores que no hayan cumplido un año completo en su empleo también tienen derecho a recibirlo, aunque en su caso corresponde el pago proporcional al tiempo trabajado.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el aguinaldo corresponde a trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, eventuales y, en general, a quienes mantienen una relación laboral regulada por la LFT.
El derecho también se mantiene cuando la relación laboral termina antes de diciembre. En estos casos, deben recibir el proporcional que haya generado durante el periodo en el que prestó sus servicios.
¿Qué pasa si el patrón no paga el aguinaldo o descuenta una cantidad incorrecta?
Si el patrón no entrega el dinero dentro del plazo establecido, paga una cantidad inferior a la que corresponde o realiza una retención que no se ajusta a las disposiciones fiscales, el trabajador puede acudir ante las autoridades laborales para recibir orientación.
La Profedet ofrece asesoría y apoyo para atender problemas relacionados con esta prestación. La dependencia también señala que también es posible acceder a una representación jurídica.
La terminación de la relación laboral no elimina el derecho al aguinaldo generado, ya que este se calcula con base en el tiempo efectivamente laborado.