El fin del SAT: habrá un nuevo portal para estos trámites y será obligatorio para todos los contribuyentes
A partir de ahora, cambiará la forma de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DOIT).
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un nuevo portal para la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
A partir de ahora, esta herramienta será fundamental para que los contribuyentes informen sobre sus operaciones vinculadas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Si bien no se anunció una fecha oficial, se estima que será obligatorio a partir de marzo de 2025, para la declaración correspondiente a febrero.
Esto se debe a que el Artículo 31 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que cualquier nuevo formato debe publicarse con por lo menos un mes de anticipación.
El SAT lanzó un nuevo portal para presentar las DIOT
El nuevo portal del SAT no sólo será obligatorio, sino que también traerá importantes mejoras que facilitaran el trámite. Entre las más importantes están:
- Más accesibilidad. Es compatible con navegadores como Edge, Firefox, Chrome y Safari.
- No necesita un software extra. La firma electrónica se podrá usar directamente desde el nuevo portal.
- Validación automática. La información se revisará en tiempo real. Si existen errores, el sistema los corregirá.
- Acuse de recibo inmediato. Permite obtener el comprobante de envío en el momento.
¿Qué es DIOT?
La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es una obligación fiscal para personas físicas y morales que efectúan actividades gravadas por la Ley del Iva.
Este documento no sólo sirve para reportar las transacciones con proveedores, sino también la naturaleza de pagos, retenciones, acreditamientos y traslados del IVA.
Deberán presentarla:
- Personas físicas y morales con actividades gravadas por IVA.
- Entidades federativas, municipios y sus organismos descentralizados.
Es importante destacar que, aunque no se hayan realizado operaciones en un período, es obligatorio presentar la declaración seleccionando la opción "La presenta sin operaciones".
¿Quiénes están exentos de presentar la DIOT?
Quienes están exentos de presentar este documento son:
- Personas físicas del Régimen de Actividades Empresariales
- Plataformas Digitales y Arrendamiento con ingresos menores a 4,000,000 anuales.
- Contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
Cómo presentar la DIOT paso a paso
Quienes quieran presentar una Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) deberán seguir los siguientes pasos:
- Ingresar en SAT Autenticación e indicar los datos personales solicitados.
- Seleccionar la DIOT, indicando el periodo fiscal correspondiente.
- Elegir modalidad (con datos o sin operaciones).
- Completar el formulario.
- Agregar los datos de las operaciones.
- Revisar los cálculos.
- Guardar la información.
- Declarar que todos los datos son correctos y enviar la DIOT. Así, obtendrán un acuse de recibo inmediato.