

La epresa estatal Petróleos Mexicanos, Pemex, confirmó el fallecimiento de uno de los trabajadores afectados por el incidente ocurrido el pasado 11 de mayo en la Refinería de Salina Cruz, Oaxaca. La empresa informó que el empleado murió mientras recibía atención médica especializada en la Ciudad de México.
En una tarjeta informativa emitida este 13 de mayo, Pemex señaló que “brindará a los deudos todo el apoyo necesario conforme a los protocolos de asistencia institucionales”. Además, aseguró que el resto de los trabajadores lesionados permanece bajo monitoreo médico permanente.

El accidente volvió a colocar bajo discusión la responsabilidad de las empresas públicas frente a daños ocasionados durante la prestación de servicios estratégicos del Estado. El caso coincide con recientes criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre reparación integral e indemnización a víctimas.
El fallo de la SCJN que fortalece las indemnizaciones contra empresas del Estado
La Suprema Corte había resuelto en los Amparos en Revisión 230 y 328 de 2025 que las víctimas de daños ocasionados por actividades estatales pueden reclamar directamente a las aseguradoras responsables, sin necesidad de iniciar primero procedimientos administrativos prolongados.
En ese sentido, la sala plenaria de la Suprema Corte había mercado que el artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro “garantiza con claridad que cualquier persona afectada” pueda exigir indemnización mediante la vía civil.
El criterio de la Suprema Corte de Justica también obliga a interpretar estos casos junto con la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.

Qué está haciendo Pemex y qué podría verse obligado a cumplir tras el fallo
Pemex informó que mantiene atención médica especializada para los trabajadores afectados y aseguró que cada lesionado “cuenta con monitoreo permanente por parte de los servicios médicos para asegurar su cuidado integral”, una acción alineada con estándares de reparación y atención inmediata.

La empresa también manifestó “su total solidaridad con familiares y amigos” del trabajador fallecido, además de comprometer apoyo institucional para los deudos. Estas medidas coinciden con el criterio de reparación integral reforzado recientemente por la Suprema Corte.
Sin embargo, el fallo de la Suprema Corte abre la posibilidad de que las víctimas o sus familias puedan exigir indemnizaciones más amplias si consideran insuficiente la cobertura médica o económica otorgada. La SCJN estableció que, si el seguro no cubre totalmente el daño, aún puede reclamarse el monto restante al Estado.













