En esta noticia

La Suprema Corte ha emitido una resolución que modifica las normativas relacionadas con el traslado de ganado en el territorio mexicano. El Tribunal Pleno ha determinado que ciertos permisos estatales ya no serán requeridos. En su dictamen, el máximo órgano judicial indicó que la guía de tránsito puede continuar existiendo como un instrumento para probar la propiedad.

Este fallo es resultado de la Controversia Constitucional 216/2025, la cual fue analizada en una sesión del Pleno el 10 de marzo de 2026. En su dictamen, la Suprema Corte destacó que algunos requerimientos vigentes en el estado de Nayarit vulneraban las facultades federales, de modo que se dictaminó que su aplicación sería considerada nula.

En el comunicado oficial correspondiente, la Suprema Corte afirmó que diversas disposiciones estatales estaban concebidas para regular el movimiento de ganado mediante autorizaciones locales.

Modifican las horas extras por normativa del STPS: adiós a las chambitas adicionales
Oficial| El Gobierno recorrerá restaurante por restaurante y sancionará a todos los que carguen propina de esta manera
La Suprema Corte falló y no hay vuelta atrás: desde ahora quedan invalidados los permisos para mover y exportar ganado (foto: archivo).
La Suprema Corte falló y no hay vuelta atrás: desde ahora quedan invalidados los permisos para mover y exportar ganado (foto: archivo).

En la práctica, instauraron un régimen estatal de autorización previa para movilizar ganado, determinó el tribunal, en contravención de las facultades previstas en la Constitución mexicana.

Ya está confirmado | Estados Unidos impedirá el ingreso al país a todos los visitantes que tengan esto en sus celulares o computadoras
Reciente fallo de la Suprema Corte modifica el funcionamiento del Registro Civil: así habrán de quedar los nombres que tengan los mexicanos a partir de ahora
La Máxima Corte resolvió y no existe vuelta atrás: desde ahora resultan invalidados los permisos para trasladar y vender al exterior ganado (foto: archivo).
La Máxima Corte resolvió y no existe vuelta atrás: desde ahora resultan invalidados los permisos para trasladar y vender al exterior ganado (foto: archivo).
Pueden visitar puerta a puerta de casas y negocios que produzcan ruidos molestos y no acaten la regla: habrá sanciones y multas
Oficial | Cuba prohibirá la entrada y salida del país a quienes posean el pasaporte vigente pero no reúnan este requisito obligatorio

La Suprema Corte avala los títulos de propiedad, pero no los controles estatales

El fallo establece una distinción clara entre los documentos que evidencian la propiedad del ganado y aquellos que sirven como autorizaciones necesarias para su transporte. Se reconoció la validez de ciertos elementos de la Ley Ganadera de Nayarit, la cual otorga instrumentos administrativos dirigidos a confirmar la posesión o transmisión de animales.

“Estas disposiciones se encuentran dentro de la facultad de las entidades federativas para legislar en materia civil y administrativa”, afirmó la Corte al justificar la legitimidad de dichos registros.

Según el comunicado, dichos mecanismos son válidos ya que no constituyen un filtro obligatorio para el movimiento del ganado.

Quedan sin efecto los permisos estatales para el traslado de ganado

“Estas disposiciones invaden la esfera de competencia de la Federación en materia de salubridad general”, concluyó el tribunal, dejando claro que los estados no pueden imponer autorizaciones previas para la movilización de ganado.

La Suprema Corte subrayó que ese tipo de controles corresponden al ámbito federal, especialmente en materia sanitaria.

Sin embargo, el Pleno invalidó diversos artículos de la misma ley que obligaban a obtener permisos estatales antes de transportar o exportar ganado, productos y subproductos pecuarios. Entre ellos estaban las guías de tránsito foliadas por autoridades locales o autorizaciones emitidas por inspectores.