

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que los seguros de gastos médicos mayores pueden incluirse dentro de las deducciones personales en la Declaración Anual. Aplicar correctamente este beneficio puede ayudarte a reducir el monto de impuestos a pagar.
Sin embargo, para que la deducción sea válida, es necesario cumplir con ciertos requisitos fiscales y evitar errores comunes que podrían dejar fuera este beneficio al momento de presentar la declaración.
Qué requisitos debe cumplir el seguro de gastos médicos para ser deducible por el SAT
Para poder deducir el seguro de gastos médicos mayores, el SAT establece que la póliza debe estar a nombre de la persona que realiza la deducción. Además, el concepto facturado debe corresponder de manera clara a la prima del seguro.

Otro punto clave es que el pago se haya realizado mediante medios electrónicos, como transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo. Los pagos en efectivo no son deducibles ante la autoridad fiscal.
Cumplir con estos requisitos permite que el gasto sea considerado dentro de las deducciones personales al presentar la Declaración Anual.
Qué debe contener la factura para aplicar la deducción ante el SAT
La factura debe incluir el RFC del contribuyente que realizará la deducción, así como el uso de CFDI correspondiente. En este caso, el SAT indica que debe utilizarse la clave D07, destinada a primas por seguros de gastos médicos.
También es fundamental que el método de pago esté correctamente especificado en el comprobante fiscal. Si la información es incorrecta o incompleta, el SAT puede rechazar la deducción.
Contar con facturas bien emitidas facilita el proceso y evita observaciones durante la revisión de la declaración.
A quiénes se puede deducir el seguro y qué gastos quedan excluidos
El SAT permite deducir el seguro de gastos médicos mayores del cónyuge, concubino o familiares directos como padres, abuelos, hijos o nietos, siempre que no tengan ingresos iguales o superiores al salario mínimo anual.
Quedan excluidos otros tipos de seguros, facturas con conceptos no deducibles y gastos sin comprobante fiscal, además de aplicarse el tope de cinco veces la UMA anual o el 15% de los ingresos, lo que resulte menor.













