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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un giro histórico en la forma en que se reconocen las pensiones por concubinato del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)
En una decisión con seis votos a favor y dos en contra, el Máximo Tribunal declaró inconstitucional el requisito de cinco años de convivencia o tener por lo menos un hijo en común, vigente desde 2007.

La Suprema Corte rompe con la norma de cinco años: la familia ya no tiene tiempo límite
El ministro Irving Espinosa Betanzo, ponente del proyecto, argumentó que exigir cinco años de convivencia resulta “irracional”, porque los lazos afectivos y de solidaridad que caracterizan a una familia no dependen de un plazo determinado. Según la SCJN, la decisión refleja la realidad social: cada vez más parejas deciden no casarse ni tener hijos, pero forman hogares y relaciones estables que merecen protección legal.
El ministro Arístides Guerrero García respaldó el cambio con cifras del INEGI: en 2024 se registraron 486 mil 645 matrimonios, un 3% menos que el año previo, y la tasa de nupcialidad bajó de 6.9 a 5.4 entre 2015 y 2024. Esto refleja una tendencia hacia un menor número de matrimonios y un mayor reconocimiento de relaciones no matrimoniales que forman familias estables.
Aunque la mayoría consideró que la medida fortalece la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad, algunos ministros alertaron sobre el impacto financiero que podría tener para el instituto público.
La ministra Lenia Batres Guadarrama sostuvo que eliminar la exigencia de cinco años podría poner en riesgo la sustentabilidad del sistema de pensiones, ya que permitiría que cualquier persona reclame ese derecho sin un control temporal claro, multiplicando de forma exponencial la cantidad de beneficiarios.
Por su parte, la ministra María Estela Ríos González cuestionó los argumentos sobre el aumento del concubinato y señaló que esta práctica existió históricamente, sobre todo entre la clase trabajadora, por lo que no necesariamente está vinculada a una disminución de matrimonios.

¿Cuánto tiempo será suficiente para acreditar un concubinato?
La Suprema Corte no estableció un nuevo plazo mínimo para acreditar el concubinato, dejando esa tarea al Poder Legislativo. El ministro ponente recordó que diversas entidades ya fijan criterios distintos: de un año en el Estado de México y Tabasco, hasta tres en Jalisco, Querétaro, Durango y Chiapas.
Esto evidencia la diversidad de enfoques frente a un mismo derecho y plantea la necesidad de una regulación uniforme que respete los derechos de quienes forman familias fuera del matrimonio.














