Recetas digitales: qué órdenes médicas siguen vigentes y en qué casos no serán permitidas
Las prescripciones en formato virtual seguirán vigentes, pero deberán estar mediadas por una firma electrónica o digital que garantice su trazabilidad y seguridad, según comunicaron desde el Ministerio de Salud.
El Ministerio de Salud dejó sin efecto la validez de las recetas digitales, comúnmente enviadas mediante WhatsApp, mail u otros medios, sin ninguna certificación digital que permita la trazabilidad de la prescripción médica, una medida que fue adoptada en los primeros días de la pandemia de COVID.
La cartera sanitaria enumeró las "claves" sobre la medida, implementada en la resolución Nº3622/2022, publicada el lunes en el Boletín Oficial, que deroga la Resolución 696 dictada en 2020.
A continuación, las preguntas y respuestas respecto al retroceso de la medida de las prescripciones médicas y el nuevo estado de situación:
Recetas digitales: qué permitía la anterior medida
Ante el paradigma marcado por la pandemia de COVID-19 que impactó en el país a inicios del 2020, el Ministerio de Salud estableció con carácter de excepción la prescripción de medicamentos mediante mensajes de texto o aplicaciones de mensajería vía web, sin ninguna firma electrónica.
¿Por qué el Gobierno eliminó esta medida?
Voceros de la cartera de Salud precisaron que "la situación epidemiológica y sanitaria es muy distinta a la del momento en que se dictó la resolución que se deroga" y que "la prescripción de medicamentos debe realizarse con todos los mecanismos de seguridad correspondientes".
"Pasada la emergencia, resulta conveniente volver a los mecanismos anteriores, que garantizan una mayor seguridad, porque tienen menos posibilidades de ser falsificados y alientan un uso responsable de los medicamentos, tal como se acordó con ministros y ministras de Salud de todo el país en el Consejo Federal de Salud", comunicaron oficialmente.
¿Cuáles son las recetas digitales que se siguen aceptando?
Como antes de la pandemia, las recetas digitales y/o electrónicas que se aceptan son las que tienen firma electrónica o digital, tal como lo establecen la Ley de Receta Digital, que está en fase de implementación, y la Ley de Firma Electrónica.
Se espera que, a partir de la reglamentación de esta ley, se amplíen los prestadores que tengan este servicio y, por lo tanto, se simplifique la accesibilidad de los pacientes al medicamento, concluye la información del Ministerio de Salud.
Qué debe tener la receta digital para ser válida
Así como regía antes de la pandemia, la prescripción debe:
- Asegurar la identidad de pacientes y médicos.
- El medicamento prescrito debe estar autorizado por el ANMAT
- Ser identificado por su nombre genérico y formar parte de una indicación terapéutica validada científicamente, dentro del uso racional de medicamentos.
Esta prescripción se emite a través de un software oficial, que está disponible para todas las prestadoras de servicios y que lo cuentan un gran número de médicos registrados. "Los mecanismos de excepción que se derogan con esta resolución no daban las garantías necesarias para cumplir con estos preceptos", alegan desde el Gobierno.
Las farmacias realizan los controles correspondientes para la dispensa, generando los registros obligatorios por ley y cumpliendo además con la trazabilidad del medicamento entregado.
QUÉ DICE LA LEY 27.553, QUE REGULA LA RECETA DIGITAL
Así como lo explicó El Cronista, la Ley 27.553 indica que la prescripción de medicamentos puede realizarse en recetas electrónicas o digitales y se las puede firmar con firmas manuscritas, electrónicas o digitales en todo el territorio nacional.
La norma se aplica a las recetas o prescripciones médicas, odontológicas o de otros profesionales facultados a prescribir recetas en los ámbitos de asistencia sanitaria y de atención farmacéutica.
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