Mercado inmobiliario

Murió la Ley de Alquileres: eliminan un requisito clave que beneficiará a millones de inquilinos

Cambiaron las condiciones que deberán cumplir los locatarios al momento de ingresar o dejar una propiedad. Los detalles.

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Tras la derogación de la Ley de Alquileres, se registró un notorio incremento en la oferta de locaciones disponibles en el mercado inmobiliario. Esto se debe, en parte, a la eliminación de las condiciones que establecían una modalidad fija de contrato.

El decreto sancionado por el Gobierno, en diciembre de 2023, determinó que sean las partes las que definan libremente las pautas del acuerdo locativo:  entre ellas, los plazos, fórmula de actualización, moneda de pago y el depósito.

Asimismo, también cambiaron los requisitos que el inquilino debía cumplir al finalizar su contrato de alquiler

Cambian los alquileres: eliminan un requisito clave para inquilinos


Muchos inquilinos se preguntan si deben pintar o no la vivienda antes de entregar las llaves. O si esto les será descontado del depósito en el caso de encontrarse las paredes deterioradas. 

De acuerdo al artículo 1210 del Código Civil y Comercial de la Nación, que actualmente rige los contratos de locación, el inquilino debe devolver el inmueble en el estado en que lo recibió. 

Sin embargo, no contarán las afecciones que tengan que ver con el desgaste natural. Es decir, que no estarán obligados a devolver el departamento pintado, aunque el contrato así lo indique. 

Alquileres.

El locatario solamente será responsable de las pequeñas reparaciones de mantenimiento; mientras que el propietario tendrá que hacerse cargo de las reparaciones mayores o estructurales. 

¿Qué pasará con las reformas que se realicen en un alquiler? 


Hay ciertos puntos que deberán tener en cuenta tanto propietarios como inquilinos al momento de armar un contrato. 

De acuerdo al modelo propuesto por Adrián Labat Propiedades, "el locatario no podrá hacer modificaciones en el inmueble salvo con autorización expresa y escrita del locador". 

"Todas las mejoras, modificaciones y/o reparaciones que hubiere que hacer en el inmueble locado, aun las necesarias para posibilitar el uso y goce del inmueble, serán por cuenta del locatario", especifican bajo esta modalidad de escrito, con excepción de las reparaciones que sean necesarias para mantener el lugar en condiciones dignas para habitar como las que son de índole estructural en muros y techos, reparación y cambio de caños, desagües e instalación eléctrica para un uso moderado. Esas últimas irán por cuenta del propietario. 

En otra parte, se detalla que "las mejoras de cualquier clase que se introduzcan en el mismo quedarán en beneficio de la propiedad desde el momento de su construcción o instalación, sin derecho a ninguna indemnización, debiéndose siempre requerir autorización por escrito del locador antes de realizarlas".

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